Derecho de superficie

Queremos hacernos una casa en un terreno que es de nuestros suegros.
Ellos nos han propuesto donarnos el terreno en vida, aunque en su testamento ya constamos como herederos del terreno, porque queremos empezar la casa pronto.
Quería saber que impuestos hay que pagar al realizar una donación y al recibirla y si merece la pena que nos cedan el derecho de superficie del terreno para hacernos la casa hasta que sea el momento de heredarlo (confío en que el impuesto de succesión haya desaparecido para entonces). He leído que el derecho de superficie también tributa y no se si merece la pena utilizarlo.
Espero haberlo explicado bien porque los términos jurídicos me lían un poco.

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Pues tan bien que hasta deberías ser tu el abogado que responda la pregunta!
Bien, si ya esta todo decidido y confían mutuamente porque no construyes la casa en el terreno sin donarla ni hacer el derecho de superficie si de todas formas ya están en el testamento.
La donación tributa igual que una compraventa(alcabala por transmisión de propiedad) más (de ser el caso) renta(no siempre porque hay leyes que escluyen esta obligación para algunos casos)
El impuesto de susesion no desaparecerá, es el negocio del estado! :D
Por otro lado el derecho de superficie te va a complicar el asunto,
puede ser una donación y pagar el impuesto o puedes construir sin donar ni nada y si quieres asegurarte firmar un contrato de compra venta a futuro para que de ser el caso ya seas dueño del bien"mostrando el contrato" luego de ponerle fecha.. ¿me dejo entender?
Si necesitas que aclae algo avisame
Muchas gracias por la explicación, lo he entendido a la perfección.
Y que conste que de derecho nada de nada lo mio son los animales (soy veterinaria).
No tenia ni idea de que pudiera hacer una casa en el terreno de otra persona. Se puede hacer sin más o hay que seguir algún tipo de burocracia (permisos, etc).
Muchas gracias de nuevo.
Definitivamente hay que solicitar el permiso correcponidente en la municipalidad, municipio o prefectra dependiendo de donde te encuentrss(eso lo puedes preguntar hasta telefónicamente) para la construcción deberás fijarte en la zonificación del terreno(que es como un código R1 R2(residencial uno o dos) o cualquiera sea la que tu ciudad use hay comercial, residencial industrial, etc yde acuerd a eso podrás tener presente que es lo que se te permite construir ahí, por ejemplo una r1 podría tener un limite de 3 pisos mientras que una r4 un limite de 10(por ejemplo) las zonificaciones también tienen compatilbilidades o sea por ejemplo una r1 puede admitir una c1(comercial 1) y cosas así dependiendo de lo que tu municipio tenga regfistrado así sabrás más o menos que se te permite, otro tema importante es ver si es que el terreno esta urbanizado y ya al tener una zonificación significa que si ´por que la urgbanizacin bascamente es el proceso con el cual se incorpora un bien a una ciudad, dándole luz, desage, agua, áreas verdes, etc sinceramente no es nada complicado y el arquietecto que se encargue de la casa debe tener perfecto conocimiento de este trámite.
Por favor si deje algo no dudes en preguntar de nuevo

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