¿Una expropiación forzosa para la construcción de un oleoducto genera ganancias patrimoniales?

He obtenido un justiprecio de 2565€ por la expropiación de un terreno en la construcción de un oleoducto, el terreno sigue ne mi propiedad en superficie y ellos me han pagado por derecho de paso y ocupación temporal ¿cómo valoro mi ganancia patrimonial en la declaración de la renta y en que apartado he de reflejarlo?

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Ha sido un tema polémico pero desde hace unos años la Dirección General de Tributos se ha pronunciado varias veces al respecto, de manera que el justiprecio obtenido por expropiaciones deberán tributar como ganancias patrimoniales.

La ganancia es la variación en el patrimonio del contribuyente. Por ello, deberás tributar por esos 2.565 € correspondientes al justiprecio, debido a que tu patrimonio se ha visto incrementado en dicha cantidad.

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