¿Se puede cancelar la compra de un piso?

Nosotros compramos una vivienda en el 2007, que se va a entregar ahora en marzo del 2008, pero resulta que queremos desistir de la compra de dicha vivienda por que ahora mismo hay cosa mucho más baratas, con los mismo metros o más grandes por el mismo precio, ¿hemos dado 60.000?, pero en el contrato no se estipula nada sobre la devolución de parte del dinero si el comprador renuncia a la vivienda. Solo dice que la no presentación injustificada de la parte compradora, en el plazo de quince días desde la comunicación mencionada, al otorgamiento de la escritura pública, dará lugar a la resolución del presente contrato, recuperando la parte vendedora la plena propiedad de la vivienda.
El caso de mi hermana es parecido, ella también compro en el mismo sitio, ha dado el mismo dinero, pero con la diferencia que ella necesitaba vender su casa antes de que le dieran esta, que no la ha vendido y además se ha quedado sin trabajo. Con lo que no puede hacer frente a la futura hipoteca...
¿Si decidemos renunciar a la compra, tendríamos derecho a la devolución de parte del dinero?...
Gracias

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La resolución de los contratos dará lugar a la indemnización por daños y perjuicios correspondiente. Con lo cual si resuelves el contrato firmado, habrá que estar a lo pactado para el caso. En principio por lo que me dices no tiene clausula indemnizatoria prevista, no obstante habría que estudiar el contrato, y no me arriesgo a decirte nada a ciencia cierta.
Y la segunda cosa, no menos importante, es si ahora la promotora tendrá dinero para devolver la cantidad total, o el 75% o el 50%.

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