Contrato de compraventa de chalet en construcción
El día 6 de octubre de 2007 compré un chalet en construcción y pagué una cantidad que correspondía a la reserva y al 20% del total con iva incluido.
El constructor nos dijo que la obra terrminaría en marzo de 2008, luego en mayo, luego septiembre y así sucesivamente en fin que a fecha de hoy todavía no está terminada la obra.
Queríamos hablar con el constructor porque si las cosas seguían así estábamos decididos a no comprar el chalet pero nos era imposible contactar con él por lo que decidimos hablar con la inmobiliaria la chica nos comentó que no había problema en rescindir el contrato porque éste había finalizado en mayo del 2008 y que nos devolviera el dinero que habíamos puesto (lo consultó con un abogado suyo). Pero yo tengo dudas al respecto porque en el contrato pone lo siguiente:
Caso de que por cualquier razón, excluidas las causas no imputables a la promotora, no pudiera ser entregada la vivienda dentro del plazo, el comprador tendrá derecho a solicitar la resolución del contrato y le será devuelta la cantidad que haya abonado con el interés lega. PARA EL EJERCICIO DE ESTE DERECHO EL ADQUIRIENTE DISPONDRÁ DEL PLAZO DE 1 MES dentro del cual notificará al vendedor su voluntad resolutoria y pasado dicho plazo sin haber puesto de manifiesto su decisión se considerará prorrogado el plazo de entrega de la vivienda.
Nosotros hablamos al final con el constructor y nos dijo que si queríamos el dinero nos lo devolvía pero que ahora le era imposible. ¿Puedo reclamarle ese dinero? ¿O es que el constructor no se ha dado cuenta de esa clausula y si le meto a juicio pierdo el dinero?
El constructor nos dijo que la obra terrminaría en marzo de 2008, luego en mayo, luego septiembre y así sucesivamente en fin que a fecha de hoy todavía no está terminada la obra.
Queríamos hablar con el constructor porque si las cosas seguían así estábamos decididos a no comprar el chalet pero nos era imposible contactar con él por lo que decidimos hablar con la inmobiliaria la chica nos comentó que no había problema en rescindir el contrato porque éste había finalizado en mayo del 2008 y que nos devolviera el dinero que habíamos puesto (lo consultó con un abogado suyo). Pero yo tengo dudas al respecto porque en el contrato pone lo siguiente:
Caso de que por cualquier razón, excluidas las causas no imputables a la promotora, no pudiera ser entregada la vivienda dentro del plazo, el comprador tendrá derecho a solicitar la resolución del contrato y le será devuelta la cantidad que haya abonado con el interés lega. PARA EL EJERCICIO DE ESTE DERECHO EL ADQUIRIENTE DISPONDRÁ DEL PLAZO DE 1 MES dentro del cual notificará al vendedor su voluntad resolutoria y pasado dicho plazo sin haber puesto de manifiesto su decisión se considerará prorrogado el plazo de entrega de la vivienda.
Nosotros hablamos al final con el constructor y nos dijo que si queríamos el dinero nos lo devolvía pero que ahora le era imposible. ¿Puedo reclamarle ese dinero? ¿O es que el constructor no se ha dado cuenta de esa clausula y si le meto a juicio pierdo el dinero?
1 Respuesta
Respuesta de ferdiv
1