Procedimiento para modificar un suplico

El día 14, viernes presentamos una demanda en el Juzgado de lo Social de Madrid, porque obligaron a mi marido a coger una semana más de vacaciones, por imposición. Hoy día 24 hemos recogido una carta certificada del juzgado de lo social que nos dice textualmente: "Dada cuenta; por presentado la anterior demanda de D... únase a los autos de su razón y visto su contenido, se acuerda, al tenor del artículo 80.1 L.P.L., se da un plazo de cuatro día para que subsane y aclare el suplico de la demanda ya que de no determinarse el periodo vacacional que solicita en vez del otorgado de la empresa, la demanda se entenderá que es de Derecho y no de vacaciones"
Entiendo que deberíamos haber puesto las fechas en las que queremos disfrutar de las vacaciones, y eso es lo que tenemos que modificar. Dos preguntas:
¿Los cuatro días empiezan desde que recogemos la notificación en correos, es decir a partir de hoy día 24?
¿Qué hay que hacer para aclarar las fechas? ¿Cuál es el procedimiento a seguir?

1 respuesta

Respuesta
1
El plazo comienza a contar desde el siguiente a la recogida de la carta certificada en correos, excluyendo los sábados y domingos del cómputo
En el suplico debes concretar las fechas de vacaciones que solicitáis
Debéis presentar un escrito dirigido al juzgado que os remite la carta identificando el proceso, lo tendréis en la notificación, y señaláis D. (nombre del demandante y demás datos de identificación) ante el juzgado comparece y como mejor procede en derecho DICE que vista la notificación de tal fecha procedéis a efectuar la corrección solicitada, quedando redactado el suplico de la demanda del siguiente tenor (SUPLICO que se dicte sentencia reconociendo el derecho del demandante a disfrutar de las vacaciones (fechas que solicitáis) y se condene a la empresa a reconocer el derecho del demandante a dicho disfrute)
Finalmente en el suplico del escrito solicitáis que sea admitido el escrito y se tenga por realizada la corrección solicitada, dándose al proceso la tramitación prevista en la ley
¿Podrías darme tu opinión? Gracias de antemano
AL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº XX DE MADRID
D. XXXXXXX, mayor de edad, con DNI número XXXXX, domiciliado en XXXXX, ante el Juzgado comparezco y digo:
Que vista la notificación de fecha xx de xxxxxx de 2009, procedo a efectuar la corrección solicitada de la demanda asociada al Procedimiento número xxxx/2009 quedando el SUPLICO redactado del siguiente tenor:
"SUPLICO AL JUZGADO: que se dicte sentencia reconociendo el derecho del demandante a disfrutar de las vacaciones entre el xx y el xx de xxxxxxxxxxxx ambos incluidos, y se condene a la empresa XXXXXXX a reconocer el derecho del demandante a dicho disfrute."
SUPLICO AL JUZGADO admita este escrito y se tenga por realizada la corrección solicitada dándose al proceso la tramitación prevista en la ley.
Es justicia que pido en Madrid a 25 de agosto de 2009
¿Está bien redactado?
Gra
Si quieres después de "... ambos incluidos," puedes añadir "en lugar de las fechas ofrecidas por la empresa"
Antes del suplico final puedes insertar en otra línea independiente
Por todo ello
Suplico al juzgado ...
Yo creo que con ello se cumplen los requisitos que exige el juzgado (eso si desconozco la demanda original, pero creo que es eso lo que quiere, comprueba que efectivamente es lo que pides en la demanda)
Muchas gracias por la respuesta. Añadiré sus comentarios al escrito
Una última aclaración más. ¿Qué significa la frase "... de no determinarse el periodo vacacional que solicita en vez del otorgado de la empresa, la demanda se entenderá que es de Derecho y no de vacaciones"?
Gracias de nuevo
El proceso laboral de vacaciones es de los denominados procesos especiales o modalidades procesales (previstas en los art 125 y 126 de la ley de procedimiento laboral), entre las especialidades en art 126 señala que El procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente. El acto de la vista habrá de señalarse dentro de los cinco días siguientes al de la admisión de la demanda. La sentencia, que no tendrá recurso, deberá ser dictada en el plazo de tres días
Pero para ello se ha de cumplir con las exigencias que la ley determina para este proceso, si no se cumplen se entiende que es un proceso ordinario tramitado conforme a las reglas generales
El número de procedimiento lo resaltas en negrita que sea bien visible, así ayudarás a agilizar los trámites facilitando a los funcionarios que lo encuentren enseguida
También puedes ponerlo debajo de AL JUZGADO DE LO SOCIAL...
Procedimiento ...
Subsanación
Y ya a continuación pones todo lo demás D. XXXX, mayor de edad ..., así facilitarás la labor de los funcionarios

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