Inquilino desaparecido

Tenemos un inquilino que lleva sin venir a Europa casi un año y por consiguiente no nos paga. Hemos puesto el asunto en manos de la justicia. De momento ya ha tenido lugar un juicio de conciliación, al que obviamente no se ha presentado y tenemos un segundo juicio para Abril. ¿Podrías decirme qué más trámites son necesarios antes de que legalmente esta persona pueda ser deshauciada? ¿Harán falta un tercer y cuarto juicio?

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Si vds. han interpuesto un juicio de desahucio por falta de pago, el día de la vista esta persona no se presentará, y si está debidamente notificado, el juicio se celebrará en su ausencia, teniendo por probado todo cuanto Vds. dicen, y dictando el juez la sentencia de desahucio. El problema puede venir porque, si el está fuera de españa, no haya recibido la notificación, con lo cual se tiene que solicitar que se le cite mediante edictos, suspendiendo ese día el juicio, y señalando una nueva fecha.
¿Y ese proceso cuántas veces tiene que repetirse? ¿Si cada vez que no lo localicen haya que señalar una nueva fecha para el juicio esto podría demorarse hasta el infinito?
Un abrazo.
No, si Vds. manifiestan en el Juzgado que desconocen el paradero de esa persona, y solicitan que se le notifique por edictos, una vez publicados y transcurrido el plazo, se señala la vista y se celebra el juicio aunque ya no comparezca el demandado.
Muchas gracias, lo que me comentas parece que se corresponde bastante con las palabras de mi abogado, pero tú me lo estás explicando mejor, je je. Unas últimas dudas que me quedan:
¿En qué consiste la notificación por edictos?
¿Dónde habría que publicarlo?
¿Sabes cuál puede ser aproximadamente el plazo?
Saludos.
Los edictos se publican en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial de la provincia. El plazo de publicación es de un mes, transcurrido el cual, se da por notificado al demandado.

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