Cubrir terraza de piso

Hola
Soy propietario de un piso en la primera planta de un edificio en la provincia de ciudad real, del cual aun no se ha establecido la comunidad de vecinos.
Mis preguntas son dos:
1ª -¿Puedo cubrir el patio o terraza que tiene dicho piso(el patio da al interior)con una uralita?
2º - He oid
O decir que cuando se establezca la comunidad debo hacer incluir en los estatutos que tengo el usufructo de dicho patio ¿eso así?.
Te agradecería que al margen de las respuestas me dieras algún consejo para que en el futuro no me joroben los vecinos con el mencionado patio.
Un saludo y muchísimas gracias por tu asesoramiento.

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A la vista de tus preguntas, es obvio que el tema jurídicamente, se centra en la "titularidad", de dicho patio que quieres cubrir.
Lo primero que hay que hacer, es acudir, a los datos registrales de tu vivienda, pues en los mismos, constará si la terraza anexa a la misma, es propiedad de todo el vecindario, y tu unicamente tienes el uso, o si es privativa y dispones del uso y de la propiedad. Si fuera privativa, o ya se te hubiera atribuido el uso, dada la carencia de normas de la finca, referentes a la estética del edificio, si sería este el momento de poner dicha uralita. Ahora si la terraza es comunitaria, y no tienes ya cedido el uso, a mi entender, no cabría cederte el uso por la vía de los estatutos, y caso de hacerse debería no obstante ser por unanimidad de todos los vecinos.
Esperamos haberte sido de ayuda, y agradeceríamos valorases la respuesta.

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