Embargo nuda propiedad por deuda bancaria
Mi hermana y su marido tienen varias deudas con una entidad bancaria, entre ellas la hipoteca sobre su vivienda y un préstamo personal.
Además del 50% de su vivienda, mi hermana tiene el 16,66% de la nuda propiedad de la vivienda habitual de mi madre. Al fallecimiento de mi padre cada uno de los hermanos heredamos el 16,66% de la nuda propiedad de la vivienda de mis padres, siendo mi madre la propietaria del 50% restante y usufructuaria vitalicia del 100%.
Recientemente mi hermana ha recibido una notificación del Juzgado en el que se identifican ambas viviendas para que se proceda a su embargo en el caso de que no se satisfagan las deudas pendientes con el banco.
Preguntas:
- ¿El embargo sobre la vivienda de mi madre solo se puede hacer por el 16,66% propiedad de mi hermana?
- ¿En caso de llegar a subasta solo se puede hacer por ese porcentaje o por la totalidad?
- ¿Si solo se puede subastar por el 16,66% puede haber alguien interesado en titular un inmueble en copropiedad con un usufructo vitalicio? En caso positivo, ¿esa persona podría solicitar la disolución del régimen de copropiedad?
En el caso de que la subasta solo se pueda hacer por el porcentaje del 16,66% (que es lo que parece más lógico), estoy barajando dos posibilidades:
1) Tasar la vivienda de mi madre y llegar a un acuerdo con el banco ofreciéndoles en dinero el 16,66% de la tasación como pago de parte de la deuda.
2) Acudir a la subasta y suponiendo que no habrá gente interesada (salvo el propio banco) adquirir el porcentaje subastado. Esta opción, a priori, parece más arriesgada pero, en principio, también más económica.
- ¿Cuál me recomendarías?
Gracias por tu tiempo y perdona por el "tocho".
Además del 50% de su vivienda, mi hermana tiene el 16,66% de la nuda propiedad de la vivienda habitual de mi madre. Al fallecimiento de mi padre cada uno de los hermanos heredamos el 16,66% de la nuda propiedad de la vivienda de mis padres, siendo mi madre la propietaria del 50% restante y usufructuaria vitalicia del 100%.
Recientemente mi hermana ha recibido una notificación del Juzgado en el que se identifican ambas viviendas para que se proceda a su embargo en el caso de que no se satisfagan las deudas pendientes con el banco.
Preguntas:
- ¿El embargo sobre la vivienda de mi madre solo se puede hacer por el 16,66% propiedad de mi hermana?
- ¿En caso de llegar a subasta solo se puede hacer por ese porcentaje o por la totalidad?
- ¿Si solo se puede subastar por el 16,66% puede haber alguien interesado en titular un inmueble en copropiedad con un usufructo vitalicio? En caso positivo, ¿esa persona podría solicitar la disolución del régimen de copropiedad?
En el caso de que la subasta solo se pueda hacer por el porcentaje del 16,66% (que es lo que parece más lógico), estoy barajando dos posibilidades:
1) Tasar la vivienda de mi madre y llegar a un acuerdo con el banco ofreciéndoles en dinero el 16,66% de la tasación como pago de parte de la deuda.
2) Acudir a la subasta y suponiendo que no habrá gente interesada (salvo el propio banco) adquirir el porcentaje subastado. Esta opción, a priori, parece más arriesgada pero, en principio, también más económica.
- ¿Cuál me recomendarías?
Gracias por tu tiempo y perdona por el "tocho".
Respuesta de Julen Zarraga Abogado
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