Evitar embargo

En su día avale unos prestamos, que actualmente no se están pagando, el banco me esta amenazando con embargar mi vivienda, la cual actualmente llevo la hipoteca al día, pero no puedo hacer frente al pago de los prestamos que avale en su día, y los bancos no quieren negociar una salida amistosa y aplazada para pagar poco a poco la deuda, mientras la persona que avale, se recupera y paga.
Mi pregunta es la siguiente, para ganar fuerza y poder de negociación, creo que poner un "tapon" a mi vivienda me ayudaría bastante a negociar una forma de pago, que lógicamente no sea el embargo de mi vivienda.
1- ¿Podría hacer un usufructo de mi vivienda a mis hijos, para evitar el embargo y posteriror ejecución?.
2- ¿Podría usar un reconocimiento de deuda que tengo de dado otro familiar que tengo
para inscribir un embargo a su nombre en mi vivienda?.

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Técnicamente lo puede hacer, claro está, pero el acreedor bancario tiene una relación de bienes firmada por usted en la que aparece una nota de su casa sin otras cargas que la hipoteca. Aunque no tenga la declaración de bienes, para que una carga sea tenida como tal ha de responder a una realidad negocial, es decir, tiene que corresponderse con una transacción cierta. En otro caso, el acreedor puede solicitar la nulidad del embargo acordado con un familiar (lo cual es bastante fácil) e imputarle a usted por el delito de alzamiento de bienes, además de sacar su casa a subasta.
  Constituir un usufructo lo único que puede hacer es provocar la subasta de la vivienda con dos cargas: un usufructo vitalicio (perfectamente anulable, dada su condición de intento de esquivar acreedores) y una hipoteca. Pero subasta la habrá seguro.
La persona que usted ha avalado es muy posible que no se recupere a tiempo. El delito de alzamiento de bienes lo comete una persona que le han embargado o que cree que le pueden embargar, por lo que le recomiendo que hile muy fino en este asunto.
Pero, como en todo, siempre hay una salida: hable con el banco hipotecante y otorgue unas escrituras de compraventa, con nueva hipoteca en favor del comprador (que puede ser un familiar) y cambio de titularidad. Con la aceptación del banco, su casa quedará salvaguardada a prueba de bombas.
Dos aclaraciones:
1- A la persona que avale tiene otros bienes, por lo que hay otros bienes que siguen garantizando el préstamo, en esta situación también es alzamiento, ¿lo qué creo es que creen que a mi va ser más fácil cobrar verdad?.
2- En caso del usufructo vitalicio a mis hijos, me queda claro que no paralizaría el embargo y quedaría anotado, ¿pero frenaría la ejecución y subasta?, puesto que el usufructo estaría antes de su embargo.
Mil gracias
1º. Si el avalista tiene otros bienes con qué responder, no hay delito de alzamiento de bienes en ningún caso. Efectivamente, la razón por la que el acreedor "iría" a por la vivienda es porque de esta forma sabe que fuerza mejor el pago, ya que la propia vivienda suele ser el bien más preciado. Pero si usted la grava como mejor le parezca, y siempre que tenga otros bienes, no puede hablarse de insolvencia punible ni de ningún otro delito.
2º. Un usufructo vitalicio sería la segunda inscripción, por detrás de la propia de la hipoteca, y estaría antes del posible embargo. Pero el embargante puede subastar la vivienda con usufructo (reservándose la nudapropiedad) y sería una pena que pagase usted una hipoteca entera para al final tener tan solo un usufructo y no la plena propiedad, máxime teniendo en cuenta que el usufructo se extinguirá, aunque sea en un día muy lejano, dejando libre la propiedad a quien nada ha pagado por la hipoteca. La ejecución y la subasta no se ven en absoluto afectadas por las inscripciones anteriores, por lo que, como le digo, el acreedor puede ejecutar. Simplemente está obligado, en el anuncio de subasta, a poner que el bien objeto de la misma está gravado con una hipoteca y con un usufructo. Y puede incluso pedir la adjudicación de la propiedad en pago de su crédito.
3º. Yo le recomiendo que transmita la plena propiedad a una tercera persona (por ejemplo, a sus hijos) y siga pagando su hipoteca con toda normalidad. El banco no va a decir nada mientras se le abone la hipoteca, y los acreedores no podrán embargar.

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