Cancelar contrato compra muebles
A principios de enero compré unos muebles cuyo valor ascendía a 5045 euros. Bien, en ese momento firmé un contrato con una serie de clausulas y que se basaban en la Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo.
He tenido y tengo problemas con esta tienda ya que me han cambiado ya los muebles dos veces y siempre vienen claramente defectuosos. Para colmo, en el pedido inicial, iban incluidas unas sillas que al final no pudieron ser porque estaban agotadas y elegimos otras más baratas, por lo que la tienda debía devolvernos el dinero porque las sillas iniciales más caras no las tenían ya para vender. Pero cual es nuestra sorpresa que nos dicen que ya el presupuesto inicial no se puede modificar y que no pueden llamar ya a la entidad crediticia que nos financiará el préstamo para modificarlo, así que nos daban un vale para gastarlo en la tienda... O sea, que tengo una sillas que valen menos dinero pero he tenido que pagar como si fueran las otras más caras y la diferencia me la dan en un vale que tengo que gastarlo allí también. Todo, esto, unido al hecho de que estamos a casi el mes de junio y acaban de pedirme dos muebles que siguen defectuosos, que supongo que me llegarán ya en el mes de julio, me hizo recapacitar... Y cuando observo las clausulas del contrato me doy cuenta que la Ley 23/2003 está ya derogada desde la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 1/2007, o sea, que me han incluido unos extremos que no están vigentes, en detrimento, claro está de mis derechos como consumidor.
¿Tengo derecho a solicitarles que se lleven los muebles de mi casa y me devuelvan el dinero? ( A día de hoy no se ha llevado aún a cabo el pago porque en estos días sucesivos me tienen que quitar el dinero de mi cuenta, ya que era la fecha establecida para el pago).
He tenido y tengo problemas con esta tienda ya que me han cambiado ya los muebles dos veces y siempre vienen claramente defectuosos. Para colmo, en el pedido inicial, iban incluidas unas sillas que al final no pudieron ser porque estaban agotadas y elegimos otras más baratas, por lo que la tienda debía devolvernos el dinero porque las sillas iniciales más caras no las tenían ya para vender. Pero cual es nuestra sorpresa que nos dicen que ya el presupuesto inicial no se puede modificar y que no pueden llamar ya a la entidad crediticia que nos financiará el préstamo para modificarlo, así que nos daban un vale para gastarlo en la tienda... O sea, que tengo una sillas que valen menos dinero pero he tenido que pagar como si fueran las otras más caras y la diferencia me la dan en un vale que tengo que gastarlo allí también. Todo, esto, unido al hecho de que estamos a casi el mes de junio y acaban de pedirme dos muebles que siguen defectuosos, que supongo que me llegarán ya en el mes de julio, me hizo recapacitar... Y cuando observo las clausulas del contrato me doy cuenta que la Ley 23/2003 está ya derogada desde la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 1/2007, o sea, que me han incluido unos extremos que no están vigentes, en detrimento, claro está de mis derechos como consumidor.
¿Tengo derecho a solicitarles que se lleven los muebles de mi casa y me devuelvan el dinero? ( A día de hoy no se ha llevado aún a cabo el pago porque en estos días sucesivos me tienen que quitar el dinero de mi cuenta, ya que era la fecha establecida para el pago).
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Respuesta de Julen Zarraga Abogado
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