Reparto de herencia

Hola. Tenemos una herencia de un piso, que se repartió de la siguiente manera. De 4 partes tres para mi madre y una para los tres hijos. Mi pregunta es la siguiente. Los gastos de mantenimiento de dicho inmueble, ( en este momento el piso esta cerrado) como cuota comunitaria, agua, luz etc, se supone que hay que repartirlos. ¿Pero cómo?, y si uno de los herederos, se niega a vender y también se niega a hacerse cargo de su parte de los gastos, y por ejemplo yo, me hago cargo de la parte de el, como tengo que hacerlo para que en un futuro demostrar que yo pague esa parte. O si hay otra manera de hacerlo.
Gracias.
Respuesta
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Los copropitetarios tienen medios para forzar a cualquiera de ellos a contribuir a los gastos de conservación de la cosa común, en última instancia por vía judicial
La forma de acreditar tu pago es guardar todos los resguardos justificativos del pago, que unidos al del resto de los que han pagado podían legitimarte para reclamar contra el que no paga

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