Prueba de alcoholemia

Expongo el caso, mi hermano ha tenido un accidente de moto (una salida de vía) sin causar daños a terceros acude ambulancia y policía local se le traslada al hospital para ser atendido, sale de este con un informe en el que se señala que esta consciente, orientado y con movilidad correcta.. Se dan puntos medicación.. Etc
A las 3 horas de su alta su jefe mi hermano es guardia civil, el sargento le busca la casa cuartel y le lleva a realizarse la prueba de alcoholemia en calidad de superior, no esta de servicio y tras el accidente se ha dado de baja. La prueba es positiva en más de 0,70. ¿Es legal esta prueba? ¿Es abuso de autoridad? Esta mezclando cosas del ámbito privado con lo profesional. ¿Sin una denuncia se le puede sacar del cuartel que es su domicilio? Él se fue al hospital solo sin ser custodiado y en el hospital no pone nada en el informe y la policía local no lo realizó en el momento y son los únicos en la localidad que pueden hacela. Su superior le tiene enfilado. También pueden haberle afectado medicamentos o beber tras ser dado de alta lo digo como alegación.
¿Qué nos aconsejáis?

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Al haber sido realizado horas después del accidente y después de haber sido dado de alta siempre podrá argumentar que eso lo tomó después del accidente o que se trata de los efectos de los medicamentos (desconozco el régimen sancionador de la guardia civil y si es objeto de infracción y sanción el consumo de bedidas alcohólicas, si su hermano estaba en ese momento de servicio etc)
En todo caso es sumamente irregular que una autoridad que no está instruyendo el atestado se haga cargo de él, entiendo que pudo negarse a realizar esa prueba al no ser la autoridad policial que llevó el atestado, e intentar ahora meter esa prueba creo que no tiene posibilidad de prosperar, sobre todo por el tiempo transcurrido
Muchas gracias por la respuesta por concretar un poco más. No se hace atestado en su momento (ayer a las 8 de la mañana) por solo ser daños propios, el sargento abre esta diligencia como un hecho, y le repito mi hermano no estaba de servicio en el momento ni le tocaba entrar ese día. Le obliga a realizársela como superior y no por vía interna disciplinaria, le hace desplazarse a la policía local (sobre las 11 de la mañana) que son los que tienen el alcoholimetro que certifican la tasa y el abre la diligencia. Y el martes tiene el juicio por superar la tasa como delito penal y si le condenan entonces si tendrá sanción disciplinaría.
¿Debería pedir la nulidad de la prueba? ¿Algo más?
Evidentemente deberá impugnar esa prueba de alcoholemia al haberse realizado horas después de haber tenido el accidente, al no tener el carácter de inmediatez necesario para acreditar que esa tasa corresponde al momento del accidente, puede alegar como te he dicho que tomo unas copas después de ser dado de alta, y como juega la presunción de inocencia esa prueba del alcoholimetro no puede servir por si sola para acusarle, y más si los policías locales que acudieron en ese momento y los servicios sanitarios no reflejaron nada de que pudiera haber indicios de que fuera bebido
De todo esto deberá defenderle su abogado, que si se trata de un delito necesariamente deberá actuar con abogado, que si no lo nombra tu hermano se le designará de oficio (es importante que compruebes si es delito o falta, pues en la falta no es necesario abogado)

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