Siniestro con alcoholemia
El pasado sábado 15-11-2008, mi hermano tuvo un siniestro por una calle de un pueblo, fue al girar en una curva muy cerrada, pues tuvo que abrirse porque había vehículos mal estacionados en la misma carretera, ya que existe 2 comercios muy concurrido justo en la curva y siempre se paran ahí mientras compran. Bien pues al intentar abrirse para esquivarlos y adelantarlos, justo antes de la curva, le llegó de frente otro vehículo y aunque intentó esquivarlo, éste ya lo tenía encima y chocaron.
Los daños para el vehículo contrario solo ha sido el faro, el coche de mi hermano (Chevrolet), ha sufrido más, tiene chapa del capó, refrigerador, etc.
La señora del vehículo contrario, llamó a la policía municipa, aunque mi hermano quería arreglarlo amistosamente y darle el seguro, pero ella no quiso. Vinieron los municipales tomaron los datos del siniestros, y luego le practicaron la pruega de alcoholemia por aspiración a mi hermano, y dio 0,47 mg/l.
Pasaron los dos, por el servicio médico, y ninguno tuvo daños persdonales, a propri.
Al día siguiente mi hermano, tuvo que ir a urgencias porque le dolía mucho la nuca, y le hicieron radigrafías y tenía latigazo cervical, con rectificación de las cervicales y mucha inflamación en la zona, le pusieron un collarín y mandaron antiinflamatorios y para el dolor.
Hoy lunes, mi hermano ha do a dar parte a Mapfre, y le ha dicho que le cubre el seguro la responsabilidad civil a terceros, su póliza es la TRÉBOL de Mapfre, el condicionado cubre hasta 0,80 mg/l de alcoholemia en sangre.
Pero la duda es si tiene derecho a algún tipo de indemnización por la lesión en las cervicales, como daños propios personales o no.
Y también quisiera saber, que multa le puede caer por la tasa de alcoholemia que ha dado, pues le dijeron la policiía municipal que como n estaba claro de quien era la culpa, tendría que hacer juicio. ¿Juicio de que tipo?. Ellos le tomaron declaración, le hicieron unas preguntas y le dieron una copia, en ella pusieron que circulaba a 50 km/h aprox. Pero mi hermano no dijo eso, aunque el muy tonto lo firmó sin leer, también que era un siniestro LEVE.
Al final de la declaración le dicen que tienen 6 meses para interponer reclamación vía penal si lo considera necesario ¿Qué quiere decir esto?.
¿Qué diferencia hay entre una sanción administrativa por alcoholemia y un juicio vía penal?
¿Debemos pedir abogado de Mapfre, para la defensa, o elegir uno particular a cargo del seguro?
Los daños para el vehículo contrario solo ha sido el faro, el coche de mi hermano (Chevrolet), ha sufrido más, tiene chapa del capó, refrigerador, etc.
La señora del vehículo contrario, llamó a la policía municipa, aunque mi hermano quería arreglarlo amistosamente y darle el seguro, pero ella no quiso. Vinieron los municipales tomaron los datos del siniestros, y luego le practicaron la pruega de alcoholemia por aspiración a mi hermano, y dio 0,47 mg/l.
Pasaron los dos, por el servicio médico, y ninguno tuvo daños persdonales, a propri.
Al día siguiente mi hermano, tuvo que ir a urgencias porque le dolía mucho la nuca, y le hicieron radigrafías y tenía latigazo cervical, con rectificación de las cervicales y mucha inflamación en la zona, le pusieron un collarín y mandaron antiinflamatorios y para el dolor.
Hoy lunes, mi hermano ha do a dar parte a Mapfre, y le ha dicho que le cubre el seguro la responsabilidad civil a terceros, su póliza es la TRÉBOL de Mapfre, el condicionado cubre hasta 0,80 mg/l de alcoholemia en sangre.
Pero la duda es si tiene derecho a algún tipo de indemnización por la lesión en las cervicales, como daños propios personales o no.
Y también quisiera saber, que multa le puede caer por la tasa de alcoholemia que ha dado, pues le dijeron la policiía municipal que como n estaba claro de quien era la culpa, tendría que hacer juicio. ¿Juicio de que tipo?. Ellos le tomaron declaración, le hicieron unas preguntas y le dieron una copia, en ella pusieron que circulaba a 50 km/h aprox. Pero mi hermano no dijo eso, aunque el muy tonto lo firmó sin leer, también que era un siniestro LEVE.
Al final de la declaración le dicen que tienen 6 meses para interponer reclamación vía penal si lo considera necesario ¿Qué quiere decir esto?.
¿Qué diferencia hay entre una sanción administrativa por alcoholemia y un juicio vía penal?
¿Debemos pedir abogado de Mapfre, para la defensa, o elegir uno particular a cargo del seguro?
1 Respuesta
Respuesta de Francisco Santos
1