Embargo y nueva Ley Concursal personas físicas
Paso a explicar lo más claramente posible mi caso, ¿bueno hace unos años decidí montar una agencia inmobiliaria que funcionaba bastante bien por el tema del auge del sector así que me dcidí a ampliar el negocio y solicitar al banco dos pólizas de crédito por una cantidad de 60.000? Cada una para poder invertir en inmuebles para su posterior venta, estas pólizas se abalaron con un piso de un familiar mio y yo como titular de las pólizas, ¿también decir que esta vivienda ya tenia una hipoteca de 82.000? De la cual yo era el titular también, por circunstancias personales y el decrecimiento del sector y quizás una mala gestión de negocio no puedo hacer frente al descubierto de las pólizas y por este motivo hemos estado negociando durante un año con el banco para una ampliación de la hipoteca y así cancelar dichas pólizas sin llegar a ningún resultado claro, hace unos días recibí una notificación de embargo del juzgado en la cual me reclamaban el importe de las pólizas más intereses y gastos judiciales, mis preguntas son las siguientes:
¿Es posible negociar con el banco todavía aún habiendo recibido la notificación del juzgado?
¿Seria conveniente contratar a un abogado para las negociaciones con el banco?
¿Seria posible acogerme a la nueva Ley Concursal(personas físicas) si ya he recibido la notificación del juzgado?
¿Qué requisitos he de cumplir para poder acogerme a la nueva Ley Concursal (personas físicas)?
Sin más.
¿Es posible negociar con el banco todavía aún habiendo recibido la notificación del juzgado?
¿Seria conveniente contratar a un abogado para las negociaciones con el banco?
¿Seria posible acogerme a la nueva Ley Concursal(personas físicas) si ya he recibido la notificación del juzgado?
¿Qué requisitos he de cumplir para poder acogerme a la nueva Ley Concursal (personas físicas)?
Sin más.
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Respuesta de joseamart
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