¿Me interesa la factura?

Hola,
La empresa donde trabajaba me despidió con un despido objetivo, al no estar conforme lo puse en manos de mi abogado para que el despido fuese improcedente y así poder conseguir los 45 días/año trabajado, por ello el abogado me cobraba el 12% de lo que se consiguiese. Éste juicio lo hemos perdido y el abogado me ha aconsejado hacer un recurso y lo he aceptado, ya que cree que hay posibilidades de ganarlo. ¿El abogado me ha cobrado 300? Por el recurso y en caso de que ganemos me cobrará el 12% de la cantidad conseguida.
Mis preguntas son:
¿1º Es correcto que el abogado a parte de los 300? ¿Quiera cobrarme además el 12% de la cantidad que se consiga si ganamos el recurso?
¿2º El abogado me ofrece dos opciones referente al pago de los 300?, hacerme una factura cobrando el correspondiente IVA o no hacerme factura. Puesto que, estoy cobrando el paro y haré la declaración de renta próxima, quería saber si me interesa más la factura para desgravármelo o bien es más rentable que no me haga la factura.
Gracias de antemano
(xxxxxx)

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Vaya por delante que soy economista, no abogado, y que en todo caso entiendo de derecho administrativo, no civil. Pero intentaré ayudarle en lo que pueda:
Ese 12% que le propone el abogado se llama cuota litis. Estuvo prohibida hasta que el tribunal supremo la autorizó el año pasado. Si tiene dudas sobre la tarifa yo le recomendaría llamar al colegio de abogados de su provincia. Ahí le informarán de qué tarifas se pueden aplicar en cada caso.
La factura efectivamente puede usted desgravársela del IRPF, en concepto de gastos por litigios contra el empleador, ¿aunque el límite está en los 300?. Piense que, en función de sus ingresos, lo máximo que se ahorrará es un 43% de esto, ¿y qué todo lo que pase de esos 300? no podrá vd. desgravárselo.
Por otro lado, no tener factura le deja sin el documento que pruebe que el servicio ha sido prestado. Esto le complicaría mucho las cosas si posteriormente quisiera reclamarle algo a su abogado.

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