Mutalidad abogacía
Soy licenciado en Derecho, actualmente desempleado desde hace tiempo y estoy pensando en darme de alta de autónomo para ejercer actividades de asesoría (contabilidad, fiscal, laboral) y administración de fincas, sobre todo, y poco a poco ir llevando temas de abogacía, ya que poseo más experiencia y conocimiento como gestor que como abogado.
Había pensado en darme de alta en el Colegio de Abogados y en las actividades correspondientes del IAE. Al darme de alta como abogado ejerciente puedo elegir entre el RETA y la mutualidad de abogacía. Preferiría la segunda opción debido a que creo que es más económico. Se me plantea la duda si en el caso que estoy planteando, sería posible hacerlo, puesto que no son actividades propia y exclusivamente de abogacía.
Esta mañana he consultado en el Colegio de Abogados pero no me han dsdo respuesta. Agredeceríasi me pudiese solventar esta duda o aconsejarme sobre ello.
Había pensado en darme de alta en el Colegio de Abogados y en las actividades correspondientes del IAE. Al darme de alta como abogado ejerciente puedo elegir entre el RETA y la mutualidad de abogacía. Preferiría la segunda opción debido a que creo que es más económico. Se me plantea la duda si en el caso que estoy planteando, sería posible hacerlo, puesto que no son actividades propia y exclusivamente de abogacía.
Esta mañana he consultado en el Colegio de Abogados pero no me han dsdo respuesta. Agredeceríasi me pudiese solventar esta duda o aconsejarme sobre ello.
1 respuesta
Respuesta de joseamart
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Buenas, se me plantea el mismo caso que el compañero ha expuesto. Me gustaría saber que ha hecho al final o conocer la opinión de otras personas en similares condiciones - Miguel Gutierrez Ruiz