IAE para llevar una Asesoría de Empresas.

Voy a montar una Asesoría de Empresas con dos socios, ninguno tenemos estudios universitarios terminados, todos seremos trabajadores autónomos, tenemos experiencia laboral de más de 10 años y una cartera de clientes. Queremos cubrir 5 campos de actuación: Fiscalidad, Contabilidad, Laboral, Jurídico y Administración de Fincas. Hemos estado viendo los diferentes epígrafes de IAE y creemos que corresponden el 842 para el asesoramiento fiscal y contable (IRPF, IVA, contabilidad etc.); 841 para el asesoramiento juridico (básicamente recursos en vía administrativa de Trafico, Transportes, Ayuntamientos etc); el 8499 para el asesoramiento laboral (contratos, nominas, altas, bajas, etc). Y el 834 para llevar la gestión de las comunidades de vecinos (libros, actas, sitaciones, notificaciones, contratos, presupuestos, etc). Queremos saber si estamos en lo cierto o tendríamos que encuadrar las diferentes actividades en otros epígrafes.

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Cuidado... algunas de las actividades que vds., manifiestan no están exentas de riesgo por cuanto requieren titulaciones específicas y en caso de demanda de responsabilidad por cuestiones de negligencia profesional podrían tener problemas jurídicos muy serios. Deberán seleccionar muy bien que cuestiones realizan y cuales no.
Respecto de los epígrafes que indican --- están OK
Buenas tardes, me gustaría me indicara que actividades requieren esa titulación especifica para no ofrecerlas sin la titulación correspondiente. Gracias.
Toda actividad que conlleva registro de documentos en el registro mercantil - presentación de cuentas y libros implica la responsabilidad subsidiaria acerca de las cuentas entregadas y por ello se necesita disponer de personal cualificado y con la titulación o formación necesarias.
Al igual, determinados dictámenes, acciones y procesos jurídicos como presentación de demandas y recursos pueden ser objeto de demanda si el cliente descubre que no existe personal titulado en derecho por cuanto se puede considerar que no se disponen de las atribuciones ni conocimientos necesarios para proceder al ejercicio de la actividad.
Al mismo tiempo, existe en estos momentos el debate acerca de la obligatoriedad o no de la colegiación de los agentes de fincas, así como la disponibilidad o no de formación específica y la acreditación de formación económica y/o legal para el desempeño de esa función. De hecho son los propios colegiados y colegios de administradores los que vienen cursando demandas aleatorias por intrusión profesional a asesores que no tienen la capacitación profesional suficiente.
Les sugiero pues que de un modo u otro tengan a personas con titulación específica suficiente para el desarrollo de las tareas.
PD: En nuestra consultoría un servidor tiene formación de MASTER en finanzas y contabilidad y disponemos así mismo de un socio abogado senior. Es necesario disponer de personal formado.
Muchas gracias por la aclaración, en relación a los recursos de multas de tráfico y transportes que es lo que llevaríamos a cabo, no tendríamos mayor problema, la persona encargada del tema tiene una dilatada carrera de más de 20 años. Con lo que sí tendremos que tener cuidado es con los libros de contabilidad, etc. Y por supuesto, en la guerra de los Administradores de Fincas, me parece que al final no entraremos. Pero no deja este país de ser diferente, un Ministro, lo puede ser, sin titulación alguna, pero amigo, como te de por ejercer una profesión sin "titulación", la has liado.
La "dilatada carrera" en este país no sirve de gran cosa si en algún momento existe una reclamación, lo que vale es el documento que acredita la formación correspondiente. Le entiendo`perfectamente y no se puede imaginar la cantidad de titulados y asesores que entran en el foro y que me escriben en busca de soluciones para sus clientes (a veces me muero de vergüenza ajena) incluso he llegado a contestar preguntas de legislación mercantil para abogados que tienen en puertas al cliente con temas que desconocen. Ya se sabe, tiene más atribuciones un recién licenciados (que con todos mis respetos y en el bienentendido de la experiencia profesional) "no sabe hacer la o con un canuto" que un profesional como la copa de un pino que ha adquirido su experiencia y su formación tras años de trabajo.
Es la dictadura del titulo, que se le va a hacer.

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