Problemas desahucio

Buenas tardes:
Tengo un problema de impago con un inquilino, me ha dicho que se va a cambiar de casa y va a estar dos meses y medio sin pagarme y se niega a darme el preaviso de UN MES que figura en el contrato y ninguna garantía de pago. Le he avisado de la denuncia que voy a interponer por impago y ha amenazado con denunciarme ante Hacienda por no declarar los ingresos por alquiler. ¿Tengo un pacto particular con él para compensarle económicamente por no poder desgravarse el alquiler y le he pagado 400? Por año (tengo los justificantes de recepción firmados por el arrendatario) y quisiera saber que sanción administrativa podría generarme dicha denuncia (estoy desempleada desde hace más de dos años y sin percibir ningún tipo de prestación.
Por otro lado, ¿son rápidos realmente los desalojos exprés?. ¿Qué plazo está estipulado desde presentar la denuncia hasta que lo desalojen?
Gracias por tu ayuda. Un cordial saludo.
(xxxxxx)

5 respuestas

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La sanción dependerá de la inspección de hacienda y de la cantidad defraudada... Por lo tanto, puede ser elevada, al tenerse en cuenta los ingresos no declarados... Ademas de las declaraciones paralelas de los últimos 4 años, que modificarían las que usted ha presentado y por tanto, también podría salir a pagar.
Los problemas para desalojar un inquilino dependen mucho de los juzgados donde se tramite, pero no son rápidos en casi ninguno de España, con un mínimo de 3 meses (en el mejor de los casos) y normalmente con periodos de 6 a 12 meses...
La recomendamos se ponga en manos de un abogado, que le ayude con todo, pues puede salirle muy caro no hacer las cosas bien...
Agradecemos valoración de la respuesta.
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Sin duda usted necesita que le asesore un abogado especialista en Fiscal y Tributario. Yo soy Penalista y lamento no poder ayudarle.
Reciba un cordial saludo,
Sergi Atienza
www.atienzaabogados.com
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El asunto de la deducción por alquiler para el inquilino depende mucho de la comunidad autónoma en donde esté la vivienda; la ley nacional señala un máximo de 900 euros anuales cuando la renta del inquilino es menor de 24.000 euros. Pero eso no tiene nada que ver con usted, como propietaria y arrendadora. Las viviendas de alquiler no se "dan de alta" en Hacienda, sino que el propietario tiene que declarar lo que proceda en su propia declaración de la renta. Este hecho no tiene por qué conocerlo el inquilino, y por tanto no tiene usted que tener ni el más mínimo temor a una denuncia ante Hacienda; máxime teniendo en cuenta que su nivel de ingresos (el de usted) es mínimo por encontrarse en el paro y lo más probable es que ni siquiera tenga usted obligación de hacer declaración. Por lo demás, si el inquilino pudo desgravar y no lo hizo, es su problema. No dude en interponer un desahucio hoy mismo sin más trámites. Si no tiene abogado, entre en una página en que se ofrecen profesionales con resultados por un precio módico. Hágalo, porque si no, se puede encontrar con que el inquilino se dilata durante meses en el arriendo sin pagar nada, y porque además puede usted embargarle la nómina en el futuro, si el juez le condena a abonarle las rentas atrasadas. Por último, en el Juzgado hay muy pocas cosas "express", pero es cierto que se han adoptado muchas medidas para que los deshaucios duren lo menos posible. Entre tres y seis meses para que el inquilino esté en la calle.
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La sanción administrativa le puede caer a Usted desde varios frentes (hacienda, Instituto de la vivienda, etc). Todo irá en función del importe defraudado, pero cuente con varios miles de euros.
Respecto a los desahucios "express", si, algo han mejorado la cosa. En general se recuperan las viviendas en 6-8 meses desde que se inician los trámites judiciales.
Suerte.
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Los justificantes que comentas no valen como atenuante puesto que la actividad de partida (el no declarar el alquiler) va contra la legalidad. Es como si compras algo sin factura y luego pretendes tener derecho a reclamar la garantía: no vale. En el momento que uno decide moverse al margen de la legalidad pierde todo derecho a reclamación. Dicho esto, comentarte que si sale a la luz el contrato no declarado, hacienda te presentaría una declaración paralela donde te imputaría la renta cobrada como rendimiento del capital inmobiliario, que iría a tu base imponible e incrementaría la cuota a pagar. Además, la sanción por defraudar a Hacienda puede ir desde el doble hasta el cuádruple de la cantidad defraudada, más los correspondientes intereses de demora. El hecho de que no tengas empleo no tiene implicación en cuanto a la sanción por fraude fiscal.
Y en cuanto al desalojo exprés. Pues si el contrato no está regularizado veo difícil que puedas recurrir ahora a la vía judicial. Creo que tu mejor opción es que el inquilino se marche de verdad y que alquiles el piso a otra persona, esta vez según la legalidad. La fiscalidad es muy favorable (si alquilas a menores de 30 años las rentas quedan exentas) y te ahorras problemas de este tipo.

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