Vender metros al vecino en viviendas VPO

Disculpe mi despiste, en la pregunta "Comprar metros al vecino en viviendas VPO" pasé por alto la siguiente aclaración: ambas viviendas, la mía y la de mi vecino, son VPO. Conforme indica en su respuesta, la compra de metros de vivienda cumple la normativa y no supone ninguna penalización para el comprador. Sin embargo, ¿es posible la venta de metros de vivienda VPO? ¿Supone algún tipo de penalización para el vendedor?
He tratado de aclarar mi duda consultando la normativa aplicable a mi vivienda (plan vivienda 2002-2005). En ésta se indica lo siguiente "las viviendas por las que se haya obtenido financiación cualificada, no podrán ser objeto de cesión intervivos, por ningún titulo, durante el plazo de diez años desde la formalización del préstamo cualificado". Además se indica: "Una vez transcurridos diez años desde la formalización del préstamo cualificado al adquirente, adjudicatario o promotor individual para uso propio, la transmisión intervivos o la cesión de uso por cualquier titulo de las viviendas a que se refiere el apartado anterior, supondrá la interrupción de la subsidiación y la pérdida de la condición de cualificado del préstamo, pudiendo la entidad concedente determinar su resolución". Sin embargo, no sé si la venta de metros es una cesión intervivos o si los metros de vivienda se consideran un titulo. Por tanto, tras consultar la normativa, no consigo aclarar mi duda. ¿Me podría ayudar a aclarar mis dudas?

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Con mucho gusto le paso a aclarar el asunto.
1º. Se entiende por "cesión intervivos" cualquier clase de transmisión de una propiedad en favor de otra persona: donación, venta, permuta. El "título" es precismamente una de esas formas de transmisión: se transmite por "titulo de compraventa", por "titulo de donación"...
2º. Lo que usted personalmente tiene es una vivienda que se adapta en metraje y características a lo dispuesto en la ley de su comunidad autónoma: tantos metros de garaje, tales zonas comunes, metros mínimos y máximos por vivienda. Tiene usted, además, una hipoteca concertada a precio muy ventajoso. Y esto último es precisamente lo que dice los artículos de la ley que usted menciona: como las condiciones de ese préstamo son tan ventajosas, si usted vende la vivienda, perderá el subsidio que esté recibiendo (si es que recibe alguno) y sobre todo, le resolverán el préstamo, es decir: le pedirán que lo devuelva íntegro. Por lo demás, no debe confundirle el texto de la ley, puesto que cualquier propietario puede vender cuando le parezca bien lo que es suyo. Otra cosa es que esa venta conlleve la pérdida de ayudas públicas.
3º. Si la vivienda de su vecino todavía tiene la clasificación VPO, tienen ustedes que pedir una "desclasificación parcial" en la consejería de la vivienda de su comunidad autónoma, porque lo que debe hacer su vecino es : a) segregación de la porción que le va a vender.b) Venta de esa porción (es decir, "transmisión intervivos a titulo de compraventa"), y si está dentro de la primera década de adquisición de la vivienda, su vecino requiere -usted no- un certificado de desclasificiación parcial, que sin duda se lo darán por una sencilla razón: aunque no tenga amortizado todo el crédito, sin duda lo tiene en parte pagado, y con toda seguridad su vecino seguirá estando dentro de los metros mínimos de clasificación VPO.
4º. Entiendo que todo esto le resulte algo complejo. No dude en contactar conmigo cuando quiera alguna aclaración, y vaya con su vecino a la consejería de la vivienda de su comunidad autónoma para solicitar el correspondiente certificado. No es que sea imprescindible en notaría, pero si la consejería tiene conocimiento de la variación de sus corresondientes fincas, puede empezar un expediente de desclasificación total que les lleve a resolver el préstamo hipotecario.
Gracias, de nuevo, por su tiempo y por resolver mis dudas. Con el interés y minuciosidad de sus respuestas, continuaré molestandole con mis preguntas.
Lo más curioso es que, con anterioridad, he consultando a la administración de mi comunidad autónoma. Sin embargo, siempre me han respondido "es imposible lo que usted plantea", sin más, inclusive tras insistir y preguntar por alguna solución que conllevara algún gasto, como la devolución de ayudas percibidas. En definitiva, gracias a usted se que existe una vía, la cual puedo estudiar para ver si puedo llevarla adelante ahora o en un futuro.
Permítame que le envíe un afectuoso saludo.
¡Hasta la próxima!
Navarro

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