¿Qué me pasara si me acusan de alzar bienes?

Hace un mes ( abril 2011) me citaron en el juzgado para declarar por alzar bienes, lo hice con un abogado de oficio ya que no tengo otra posibilidad. La deuda ascendía a 10.000 e. Esto fue en el año 2005. El caso es que el bien al que se refieren es una vivienda con una hipoteca de 170.000 e. Que pertenece al banco popular a nombre de una sociedad mercantil. ¿Cuánto tiempo he de esperar para que me notifiquen algo, y cual puede ser la sentencia? Estoy muy intranquila. Gracias.
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Muy posiblemente el asunto está prescrito. El código penal de 2005 establecía que el delito de alzamiento de bienes prescribía a los tres años desde el momento en que se cometió, y esta norma es para todos los delitos de alzamiento cometidos antes del mes de Diciembre de 2010. Es decir: si la fecha del supuesto alzamiento es anterior a Febrero de 2008, el delito ya ha prescrito. Si es de fecha posterior, entonces será usted procesada y llevada a juicio dentro de unos dos o tres años. En ese juicio pueden dictar una sentencia absolutoria, considerando que no cometió usted el delito, o le pueden condenar a una pena de cárcel de uno a cuatro años.
Pero no se asuste: una penalidad de más de dos años (por debajo de eso no se cumple) solo se la imponen a importantes empresarios que han defraudado auténticas fortunas.

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