Desistimiento contractual

Contraté el día 25 de mayo de 2011 un Curso de Enseñanza, pagando en ese momento un importe inicial de derechos de matricula con tarjeta de crédito y aplazando el resto del total en seis plazos mensuales.
Me han enviado el material de enseñanza el día 1 de junio de 2011.
Para el desistimiento contractual he enviado un burofax con verificación de texto, en un plazo que no excede de siete días hábiles desde la recepción de dicho material, solicitando desistir del contrato de enseñanza y que no se me cobren bancariamente los seis plazos mensuales.
Mis dudas son:
- ¿Este desistimiento me libra legalmente de pagar esos seis plazos mensuales y puedo dar por finalizado el contrato?
- ¿Tengo qué devolver el material didáctico y la empresa devolverme dicho importe, o queda legalmente saldada la cuenta entre la empresa y yo no haciendo falta devolver el material ni por mi parte exigir el importe abonado?

3 Respuestas

Respuesta
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1º. El desistimiento contractual es una figura pensada para que el comprador pueda resolver el contrato, dentro de un determinado periodo. La resolución implica que cada parte ha de reponer las cosas al momento de la firma del contrato, con lo que debería usted devolver todo el material y la vendedora devolverle el dinero. Es más: sería conveniente que señalase usted día y hora para que le recogiesen el material y le entregasen su dinero.
2º. Cosa distinta es un nuevo acuerdo, por el que usted compra el material por el precio ya entregado. En este caso, deben firmar un documento, por pequeño que sea, señalándolo así y mencionando que a partir de ahora ninguna de las partes tiene nada que reclamarse entre sí.
3º. Tenga mucho cuidado con los cargos bancarios. Abra otra cuenta que no esté asociada a la que señaló para los cargos, porque si no, le pueden hacer la de "santa Rita, Rita, Rita". En todo caso, esté informado sobre su cuenta y tenga en cuenta que dispone de un dilatado periodo de tiempo para devolver los recibos.
Gracias por vuestro tiempo
Mi duda es, si devolviendo el material pedagógico, estoy exonerado de pagos a esa empresa.
Para el derecho de desistimiento, tengo que aclarar tres puntos:
1. - Primeramente, puse mis datos en una página de internet, me llamó la comercial de la empresa "A" para concretar una visita, y le dije que ese mes no podía atenderla. A los dos meses volvió a llamarme, nos citamos en su oficina y firmamos el acuerdo, además de ingresar con tarjeta de crédito el importe inicial de derechos de matricula.
2. - El contrato de la empresa "A", clausula 12, nos dice "Sin perjuicio de la excursión de ámbito de aplicación del Artículo 107, 1-b) del Real Decreto Legislativo 1/2007, al tratarse de una contratación previa y expresamente solicitada por el alumno/a, este podrá desistir del presente contrato en el transcurso de los siete días hábiles siguientes a la fecha de recepción del material de estudio, comunicándolo a "A" por escrito, a la dirección social expresada en este contrato, mediante carta certificada. Transcurrido dicho plazo, no se aceptará ninguna causa de resolución que no esté legalmente prevista, obligándose ambas partes al total cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente contrato. En la cláusula 1 se encuentra la reserva de dominio, por la cuál el material didáctico será de mi propiedad cuando aboné el importe total del curso. En la cláusula 3 se expresa "... Si, por decisión del alumno/a, se procediese a la devolución del curso una vez transcurrido el plazo legalmente establecido, dicha devolución en ningún caso exime al alumno/a de cumplir con las obligaciones asumidas en el presente contrato..."
3. - El documento de desistimiento que les redacté, y que fue enviado en burofax con certificado de texto, fue de este estilo;
Empresa "A":
Haciendo valer el REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, Don "B" con DNI "C", solicita desistir del contrato de enseñanza para el curso "D", firmado el día 25 de mayo de 2011, y por tanto, pone al corriente a empresa "A" para que no realice el cobro de los seis plazos mensuales que figuran en él.
Para el desistimiento del contrato formalizado el día 25 de mayo de 2011 se matiza que, se cumple el plazo establecido de siete días hábiles desde la recepción del material de estudio. Conforme a dicha recepción, fechada el 31 de mayo de 2011, se tiene en poder el documento acreditativo de la empresa de correo "E".
Atentamente
Mi firma
En ciudad "F" a 2 de junio de 2011
Está usted hecho un jurista de tomo y lomo. Ha comprendido perfectamente el sentido de la cláusula de desistimiento y ha exhibido una retórica cristalina y eficaz. Le felicito. Con lo que ha escrito, le valdrá. Por los casos que he visto de algunos clientes, no tendrá usted problema en que le retieren el material. Pero desvincúlese por completo de esta transacción. No se quede ningún material didáctico ni plantee dudas sobre su compromiso de desistimiento. Por lo demás, lo ha hecho usted muy bien.
Buenos días,
Les he llamado hoy para decirles de que forma se realiza la devolución de materiales, y me dicen que se pondrán en contacto conmigo a lo largo de esta semana para que se realice dicha devolución. Mis malos presagios me inducen a pensar que por teléfono me estén dando largas para que transcurran esos siete días hábiles.
Y por referencia a la cláusula 3 del contrato donde se expresa que "... Si, por decisión del alumno/a, se procediese a la devolución del curso una vez transcurrido el plazo legalmente establecido, dicha devolución en ningún caso exime al alumno/a de cumplir con las obligaciones asumidas en el presente contrato...", mi duda es, si dispongo de siete días hábiles desde el 31 de mayo de 2011, y me vence dicho periodo este miércoles 8 de mayo, en caso de que sea cierto que cumplan con la retirada del material (que lo dudo), si se realizará más allá del miércoles 8 de mayo, ¿produciría mi incumplimiento del plazo legal de devolución y estaría obligado a asumir todas las obligaciones económicas del contrato?.
Gracias
La fecha del desisitimiento es la que consta en el burofax, por lo que las conversaciones telefónicas que está teniendo son irrelevantes a efectos de variar la fecha. En lo que respecta a la cláusula 3, se recoge una hipotésis que nada tiene que ver con usted ni con el desistimiento. Esta cláusula habla de una situación sobrevenida después de haber transcurrido el plazo de desistimiento, y dice que una vez transcurrido no se admiten devoluciones, cosa bastante lógica. Si le han dicho que le van a llamar esta semana, puede que lo hagan o que no. Pero usted tiene el recibo de un burofax enviado en su fecha y con todas las garantías legales.
De acuerdo.
Supongo que el derecho me ampara, independientemente de que me vengan a buscar el material en los siete días, por el siguiente artículo 70 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias:
Artículo 70. Formalidades para el ejercicio del desistimiento.
El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho. En todo caso se considerará válidamente ejercitado mediante el envío del documento de desistimiento o mediante la devolución de los productos recibidos.
Es decir, ¿yo he ejercido el derecho de desistimiento de acuerdo a una forma admitida en derecho, que es un burofax con certificado de texto, y la devolución corre a forma y cuenta de la empresa?
Ha ejercido usted perfectamente el desistimiento contractual. Las formalidades admitidas en derecho, a efectos de notificaciones, son todas aquellas en las que queda constancia fehaciente de haberse enviado la comunicación, aunque esta no haya llegado por razones ajenas a quien la envía. De esta forma, le vale un requerimiento notarial, un burofax, una notificación judicial, una carta certificada con los requisitos de validación de contenido... cualquier cosa que sirva para demostrar, llegado el caso, que usted ejerció dentro del periodo de tiempo el derecho a desistir. Ahora no pueden traladarle a usted la obligación de devolución del material, puesto que usted ha puesto a disposición de la empresa el mismo. Es decir: que está probado que usted ha hecho todo lo legalmente posible para dar una salida a este asunto, y si la empresa no hace lo que le corresponde (retirar el material) nadie le puede reprochar a usted nada.
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1º Si, ejercido el derecho de desistimiento queda exonerada de cualquier pago a la empresa, que no puede exigirle ningún tipo de compensación o indemnización
2º Deben devolverse los materiales y precios percibidos, hágalo de forma que al enviarlo pueda justificarse el contenido del envío para que pueda demostrar que lo que devolvió fue ese material recibido
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El desistimiento implica que usted cambia de idea respecto a contratar el curso y que le tienen que devolver el importe inicial de derechos de matrícula, no estando obligado a pagar los restantes plazos. Debería devolver el material si la empresa lo quiere recuperar, si quiere usted puede renunciar a recuperar el dinero que haya pagado.

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