Recurso de Apelación

Hola qué tal, ya soy asidua de este portal, así como uno de ls mejores letrados, sin querer menospreciar a nadie, ya que siempre me ha solucionado los temas expuestos.
Necesitaría que me guiara para realizar un recurso de apelación con relación a los artículos 623/1 y 634 CP. Que corresponde a un juicio de Faltas. Con este acto lo único que deseo es que las multas queden sin efecto. Los agentes 2 de ellos no comparecieron y dos de ellos que si lo hicieron, incurrieron en versiones contradictorias. Uno de ellos reconoció haber acosado -no con dicho termino- al denunciado, pidiéndole el D.N.I cada 20 minutos.
¿La incomparencia de los testigos no es constitutivo de multa aministrativa? Los dos agentes no presentado, los excusaron indicado que uno tenia el día libre y el otro que tenia vacaciones.
Muchas gracias con anticipación por la gran labor que nos presta. Un saludo.
P.D. Tengo una pregunta realizada, la cual no he podido resolver mis dudas.

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Para formular un recurso de apelación contra la sentencia se debe justificar quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción de normas del ordenamiento jurídico en las que se base la impugnación
Es complicado el guiar en un recurso de apelación sin tener acceso al expediente judicial, tiene que tener en cuenta que tiene un plazo de 5 días desde la notificación de la sentencia para presentar el recurso (no cuentan sábados y domingos)
Habría que acceder a las actas del juicio oral para poder desvirtuar los testimonio de los testigos, ponerlos en relación con la valoración de la prueba realizada por el juzgado y con todo ello justificar ese error en la valoración de la prueba
Lo más recomendable es que acuda al colegio de abogados con la sentencia que ha recibido para solicitar asistencia jurídica gratuita para el nombramiento de abogado de oficio, que pueda acceder a ese expediente judicial y pueda formular correctamente el recurso, llevando la sentencia le darán un documento para presentar en el juzgado y que le amplíen el plazo hasta que se le nombre el abogado

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