Construir sin licencia

Adquirí un terreno rustico, construí un muro de 1m de alto para delimitar la parcela, y 25 m de largo
Me ha llegado una carta del ayuntamiento en el que indican:
Que ordenan a tirar el muro
Que conceden quince días para la demolición y que ante el incumplimiento de lo ordenado el ayuntamiento puede adoptar las siguientes medidas:
- Imponer multas coercitivas, hasta un máximo de 10 sucesivas, con periodicidad mínima mensual y por un importe, cada vez, equivalente al mayor de los siguientes: el 10% del coste estimado de las actuaciones necesarias para restaurar la legalidad urbanisitica, el 10% de las obras que hayan de demolerse o reconstruirse o 1000 euros sin que se pueda superar dicho coste
- Ordenar la ejecución subsidiaria de las mismas por el ayuntamiento
- El importe de los gastos, daños, y perjuicios de la ejecución subsidiaria i de las multas coercitias puede ser exigido mientante el procedimiento administrativo de apremio.
Las preguntas que me surgen y espero que me puedan ayudar son:
¿Si tiro el muro no me multan?
¿El importe máximo de la multa es de 1000 euros?
¿Si pagó mil euros de multa ya no tengo que demoler el muro?

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Respuesta
1
Si tira el muro no le sancionarán
Si no lo hacen pueden imponerle esas multas coercitivas hasta que lo derribe, si no lo hace aún imponiéndole estas multas lo hará el Ayuntamiento y le reclamará el coste del derribo, más gastos

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