Vehiculo de sustitucion

En caso de que haya un accidente y otro vehículo colisione con el mío dejándolo sin poder circular durante algún tiempo, la culpa es del otro coche. Yo necesito coche para ir a trabajar porque resido en otra localidad. Alquilo un vehículo de alquiler de categoría similar al mío. ¿Tengo derecho a que se paguen los gastos de este coche de alquiler hasta que mi coche esté arreglado, ya sea pagándolo el seguro del otro coche o bien el conductor de dicho coche por daños y perjuicios?
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Claro que derecho tienes, otra cosa es que lo puedas conseguir.
Si alquilas un coche y reclamas el importe del alquiler a la Cia. contraria, puede que consigas que te lo abonen, pero mi experiencia es que te fastidias, o sea que la Cia contraria va a intentar pagar lo menos posible por los daños de su asegurado si vais a juicio, como no eres profesional del volante, taxista, conductor, comercial... es posible que el juez te diga que vayas en tren, autobús, o metro. Consulta con tu compañía, igual ellos tienen referencias de la contraria y del valor de la reparación y te hacen una estimación de las posibilidades que tienes, pero como derecho, al menos moral, claro que lo tienes.

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Por supuesto que si, si no tienes otro vehículo con el que desplazarte. Aunque los daños materiales se abonen por convenio de las compañías, puedes reclamar los gastos ocasionados por el alquiler al otro dueño. Consulta con tu compañía, que seguramente tenga contratado seguro de defensa jurídica.

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