Me pasó esto: me robaron mi cartera y estaba mi tarjeta de crédito. Me sacaron todo el dinero del banco con mi numero pin. Los de la visa no se quieren hacer responsables. No lo veo justo. ¿Qué puedo hacer?
Respuesta de vruiperez
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vruiperez, Abogado en ejercicio colegiado en Salamandca
El contrato que firmó lo tiene Vd. Es imposible que ponga que no pueden demandarles porque sería una clausula abusiva. La cuestión más importante es si Vd llamó inmediatamente o tardó en llamar y como perdió Vd la tarjeta si hubo en ello culpa o negligencia por su parte. Si el bando le protesta vaya al Defensor del Cliente del Banco (Comisionado de defensa del cliente de las entidades financieras) y después en su caso al Banco de ESpaña o bien al juzgado... pero es importante que consulte el extracto de contrato que tenga en su poder. Insista y proteste argumentando su aviso inmediato, su ausencia de dolo o culpa, ... a veces los que hacen estas cosas son conocidos de los dueños de las tarjetas... conocen el pin y se la quitan del bolso.. familiares, empleados... gente cercana... Un saludo insista y si ve que tiene Vd razón y la cantidad es muy importante consulte a un abogado de su localidad para reclamar judicialmente lo que corresponda.
Lo primero que tiene que hacer es mirar el contrato de su tarjeta de crédito y las cláusulas establecidas en el mismo... a la faena. Normalmente el titular de la tarjeta es responsable de la conservación y uso correcto de la misma, así como del numero secreto de identificación personal, quedando obligado en caso de perdida o sustracción de la tarjeta a cursar aviso inmediato a su sucursal, siendo requisito inexcusable en caso de sustracción la presentación por el titular ante la autoridad competente. Los titulares suelen ser responsables hasta un límite de 150 euros de las utilizaciones fraudulentas realizads por terceros antes de la notificación de la perdida o sustracción. A partir de ese momento, en que la entidad emisora conozca tales eventualidades, cesará la responsabilidad de los titulares por la utilización que puede hacerse de la tarjeta. En ambos caos será rersponsabilidad del titular las disposicioens fraudulentas realizadas antes o después de la notificación cuando se les pueda atribuir dolo o culpa, tanto en la utilización como en la custodia y conservación de la tarjeta y de su número secreto. Si considera Vd que no es responsable por no tener culpa en la perdida y por haber avisado a tiempo puede Vd demandar a la entidad emisora de la tarjeta o bien antes hacer gestiones ante el defensor del cliente de la entidad financiera de que se trate.
- Anónimoahora mismo
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