¿Puede llamarme todos los meses el dueño del piso en alquiler del que soy fiador?

Soy el fiador de un piso en alquiler desde hace 2 años y desde hace uno me viene ocurriendo que el dueño del piso que dicho sea de paso no conozco en persona porque el piso se alquilo por medio de una inmobiliaria me llama todos los meses porque la inmobiliaria no le paga oportunamente a principios de mes, de hecho hoy día 13/12/2013 según me ha comentado no ha recibido la mensualidad pero no es que no ha recibido la de diciembre es que tampoco la de noviembre ni la de octubre y según me dijo tampoco le dieron la fianza cuando se alquiló el piso y él me dice que la inmobiliaria me ha estafado a mí ese dinero que ronda los 2000 euros, mi pregunta es;Si por medio de una agencia inmobiliaria se alquila un piso y a esa agencia se le paga el alquiler ¿por qué dice que me están estafando a mi? Dando a entender que él como no ha recibido el dinero el perjudicado soy yo, ¿Es eso así? Por supuesto que esta todo pago y con recibos del banco y de la misma agencia que yo tengo en mi poder. Ahora, tengo la duda de ¿si el problema lo tiene él o lo tengo yo?

Respuesta
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Me da que los de la inmobiliaria pasan del dueño y este arremete donde puede, para ver si consigue el alquiler que se acordó, según el artículo 2361 del código civil, es una obligación accesoria, que depende de otra, de la principal que está a cargo del deudor, y quizás esta es la principal diferencia con el codeudor, toda vez que el fiador puede exigir al acreedor que primero persiga al deudor principal, según lo contempla el artículo 2383 del código civil.

El codeudor, como su nombre lo indica, comparte la deuda con otra persona en iguales condiciones, de modo que no hay obligación accesoria, solo hay una obligación principal en cabeza de los deudores (quien recibe la plata y quienes la garantizan). Aquí no hay deudor principal, hay varios deudores con obligaciones iguales.

Esto significa que el acreedor puede exigir el pago total de la deuda a cualquiera de los codeudores, y no es obligación de acreedor primero intentar cobrar la deuda al deudor principal, puesto que no existe deudor principal, sino varios deudores solidarios.

Hola Gracias por Responder más o menos entendí que fiador Y codeudor son Dos cosas Diferentes pero yo no soy codeudor de nada yo soy fiador Del inquilino es decir yo me comprometí a hacer frente a la deuda de quien alquila que no debe nada ¿que tengo que ver yo con la gestión de una Inmobiliaria hacia su cliente? Yo entiendo que el propietario tendrá un contrato con ellos para gestionar el piso no se como será pero lo que si se es que yo no soy fiador de la Inmobiliaria a mi entender el Debería dirigirse a ellos y no a mi porque el Inquilino no debe nada

Podría aclararme la duda Gracias

Si el inquilino no debe nada, diles que no te molesten o les denuncias.

Muchas gracias por responder con tanta rapidez sé que es un servicio altruista y eso hoy en día es una gran virtud felicidades por su dedicación y no me despido sin desearle que tenga unas Felices fiestas

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