Vto 06.11.04 contrato de alquiler

El próximo 06 de noviembre me vence un contrato de alquiler formalizado hace cinco años, en el mismo se contemplaba después de un contrato de cinco años una prorroga de 3 AÑOS y al finalizar renovable mensualmente.
La arrendataria indica que no piensa renovar el segundo periodo de tres años y comunicarme la rescisión para hacer un contrato nuevo con las tarifas de mercado por 5 años más.
¿Es legal esta postura y de comunicármelo un mes antes debe de ser con carta certificada o que constancia hay?.
Ademas existe un error en el contrato inicial dado que indica que el efecto del mismo es un año antes de la firma con lo cual ahora cumpliría 6 años y no cinco que es lo real y estaría en el segundo periodo de 3 años, ¿es esta interpretación mía aplicable o lo que cuenta el es el original del contrato y no la fecha de inicio del anexo al mismo?

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Al margen de posibles defectos formales, lo esencial es que la arrendataria le comunica su deseo de no renovar más allá de los 5 años que marca la Ley. Es posible que haya errores en la fecha, pero si ella demuestra que cobra su alquiler desde hace 5 años, no tendría nada que hacer. Tampoco hace falta que se lo comunique ante Notario o con todas las garantías necesarias, basta con que usted se entere, eso es suficiente. Ten en cuenta que la prórroga de hasta 3 años que existe una vez finalizados los 5 que marca la Ley, es una regulación residual de la Ley de Arrendamientos, solo para el caso que las partes no digan nada sobre la renovación y vigencia del contrato. Si cualquiera de las partes no pretende seguir con ese contrato no entran en juego esa previsiones de prórroga.
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