Repartición de herencia, si no hay testamento.

LAGM, le escribo desde Mexicali B.C Mexico y mi pregunta es la siguiente:
Si mis padres murieron y no dejaron testamento, ¿quiénes tienen derecho a reclamar herencia?, si solo les sobreviven hijos (yo y mis 6 hermanos)y sobrinos (primos míos). ¿En otras palabras mis primos podrían reclamar algo?.
Segundo, si solo los hijos tuvieran derecho de la herencia, ¿puedo yo cederle los derechos a mi hermana de mi parte (terrenos)antes de que se haga la repartición?, esto por aquello de que no se tenga que pagar el cambio de propietario de mis padres a mi y luego de mi a mi hermana, sino que desde un principio ella cambie su parte y mi parte a su nombre.

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Ante todo, pido una disculpa. Por causas ajenas a mi voluntad, no me fue posible proporcionarle en menor tiempo la respuesta. Parece que estuvo en mantenimiento este web site y por ello no fue posible atenderles como siempre. El servicio parce que ya fue reanudado.
Le respondo:
En efecto, cuando hay hijos, sólo los hijos heredan.
En cuanto a ceder, sí, es posible. Al momento de que se aperture el juicio sucesorio y lo llamen para avisarle, usted sólo debe mencionar que "repudia" (es el término jurídico empleado) su parte en favor de su hermana. Eso deberá firmarlo, por supuesto.
Cualquier pregunta adicional o alguna duda, permítame saberlo. Sigo a sus órdenes.
Muchas gracias por haberme visitado en mi espacio en TodoExpertos.com.

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