Urgente, sobre la "ley alquiler locales"
Expongo a continuación mi consulta :
Mi padre alquilo un local a su nombre, en dicho contrato de arrendamiento especificaba que tal local se arrendaba para un uso determinado (`pongamos por ejemplo : peluquería).
El negocio se tuvo que cerrar, y trascurrido cierto tiempo se decidió volverlo a abrir pero con otro tipo de negocio diferente, ante lo cual, para no tener ningún tipo de problemas legales, se acudió al dueño de la finca para comunicárselo.
El dueño nos dijo que no había ningún problema y que no hacia falta que se cambiara el anterior contrato, ¿quedando cómo un? ¿Contrato verbal?, el nos dijo que para que íbamos a estar haciendo nuevos contratos, que cada vez que decidiéramos cambiar de tipo de negocio tan solo con comunicárselo a el bastaba. Y así se hizo cada vez que esto ocurrió sin ningún tipo de problemas. ¿Apareciendo desde entonces en los recibos a pagar como? ¿Accesorio?.
Mi Padre falleció y desde entonces por diferentes motivos no se pudo volver a poner ningún tipo de negocio en dicho local, quedando digamos como trastero ( o más bien, como mi propia habitación, por lo pequeña de la vivienda).
Desde entonces paso como subarriendo a mi madre, la cual aparecía desde ese momento en los recibos de dicho local.
Hará unos 2 años aproximadamente compro el inmueble (el edificio) un señor, al cual nunca se le vio por aquí, pasando a cobrar los recibos una gestoría o administrador de fincas, anteriormente era un sobrino del propio dueño el que pasaba a cobrar por casa. ( El local al que me refiero esta pegado a mi casa, es más, antiguamente formaba parte de la propia vivienda, pero eso era antes de que mi padre alquilara el local y la casa colindante).
Esta semana pasada, se presento dicho señor en mi casa y le dijo a mi madre que tenia que dejar el local inmediatamente, pero todo ello en un tono amenazador.
¿Entre los argumentos suyos para pretender echarnos estaban que el contrato existente especifica que dicho local debe de abrirse exclusivamente como? ¿Peluquería? Y si no es así no se puede abrir como otro negocio. A parte aduce que el local lleva más de 5 años sin actividad y en ese caso se pierden los derechos sobre el.
Agradezco de antemano su ayuda ya que mi madre (que padece del corazón) esta muy preocupada, ... Ese local ha sido, y espero que sea, parte de nuestras vidas.
La renta que se paga por dicho local mensualmente es baja la verdad, y pienso que lo que pretenden los nuevos dueños es rentabilizar su compra... Y como... Pues asustando a mi madre para que deje el local (aunque sea dándole una pequeña compensación) y revenderlo luego por un precio elevado.
Preguntas :
· ¿Existen los contratos de palabra? ¿Son válidos?... ¿Y por tanto el primer contrato se anula por los siguientes verbales?
· ¿Podríamos perder dicho local? ¿Es verdad eso de los 5 años de inactividad?
· ¿Debemos preocuparnos y ponernos en manos de abogados o son estos los llamados? ¿Asustaviejas?
· ¿Dónde podría ver la ley de arrendamientos de locales?
· ¿Podríamos pedir precio por dicho local para su compra? (En el mismo edificio han rehabilitado un piso y esta puesto en venta)
P.D: Me gustaría si puede ser, que el que me respondiera fuera de ESPAÑA, ya que imagino que la ley de inmuebles sera diferente en otros países.
Mi padre alquilo un local a su nombre, en dicho contrato de arrendamiento especificaba que tal local se arrendaba para un uso determinado (`pongamos por ejemplo : peluquería).
El negocio se tuvo que cerrar, y trascurrido cierto tiempo se decidió volverlo a abrir pero con otro tipo de negocio diferente, ante lo cual, para no tener ningún tipo de problemas legales, se acudió al dueño de la finca para comunicárselo.
El dueño nos dijo que no había ningún problema y que no hacia falta que se cambiara el anterior contrato, ¿quedando cómo un? ¿Contrato verbal?, el nos dijo que para que íbamos a estar haciendo nuevos contratos, que cada vez que decidiéramos cambiar de tipo de negocio tan solo con comunicárselo a el bastaba. Y así se hizo cada vez que esto ocurrió sin ningún tipo de problemas. ¿Apareciendo desde entonces en los recibos a pagar como? ¿Accesorio?.
Mi Padre falleció y desde entonces por diferentes motivos no se pudo volver a poner ningún tipo de negocio en dicho local, quedando digamos como trastero ( o más bien, como mi propia habitación, por lo pequeña de la vivienda).
Desde entonces paso como subarriendo a mi madre, la cual aparecía desde ese momento en los recibos de dicho local.
Hará unos 2 años aproximadamente compro el inmueble (el edificio) un señor, al cual nunca se le vio por aquí, pasando a cobrar los recibos una gestoría o administrador de fincas, anteriormente era un sobrino del propio dueño el que pasaba a cobrar por casa. ( El local al que me refiero esta pegado a mi casa, es más, antiguamente formaba parte de la propia vivienda, pero eso era antes de que mi padre alquilara el local y la casa colindante).
Esta semana pasada, se presento dicho señor en mi casa y le dijo a mi madre que tenia que dejar el local inmediatamente, pero todo ello en un tono amenazador.
¿Entre los argumentos suyos para pretender echarnos estaban que el contrato existente especifica que dicho local debe de abrirse exclusivamente como? ¿Peluquería? Y si no es así no se puede abrir como otro negocio. A parte aduce que el local lleva más de 5 años sin actividad y en ese caso se pierden los derechos sobre el.
Agradezco de antemano su ayuda ya que mi madre (que padece del corazón) esta muy preocupada, ... Ese local ha sido, y espero que sea, parte de nuestras vidas.
La renta que se paga por dicho local mensualmente es baja la verdad, y pienso que lo que pretenden los nuevos dueños es rentabilizar su compra... Y como... Pues asustando a mi madre para que deje el local (aunque sea dándole una pequeña compensación) y revenderlo luego por un precio elevado.
Preguntas :
· ¿Existen los contratos de palabra? ¿Son válidos?... ¿Y por tanto el primer contrato se anula por los siguientes verbales?
· ¿Podríamos perder dicho local? ¿Es verdad eso de los 5 años de inactividad?
· ¿Debemos preocuparnos y ponernos en manos de abogados o son estos los llamados? ¿Asustaviejas?
· ¿Dónde podría ver la ley de arrendamientos de locales?
· ¿Podríamos pedir precio por dicho local para su compra? (En el mismo edificio han rehabilitado un piso y esta puesto en venta)
P.D: Me gustaría si puede ser, que el que me respondiera fuera de ESPAÑA, ya que imagino que la ley de inmuebles sera diferente en otros países.
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Respuesta de joaquinin
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