Juicio de faltas

Hola buenas:
gane un juicio de faltas por estafa , la persona condenada se le impuso 180 euros de multa o 15 días de cárcel sino paga y el dinero consignado en juicio 350 euros de la estafa me lo devolverá el juzgado.
El
asunto que una de las estafadoras ha recurrido la sentencia, bueno no
la ha recurrido como tal sino que ha solicitado abogado de oficio
parando el proceso y ya llevo 7 meses desde la estafa sin cobrar mi
dinero . La pregunta es (no necesitando justicia gratuita en un juicio
de faltas ya que en el juicio no fuimos ninguno con abogado). ¿se le
debe conceder abogado de oficio en un recurso ?
¿que plazo legal hay para que el colegio oficial de abogados le asigne abogado y se le notifique ?
Les comento esto porque dicha persona es rumana y anda jugando con la justicia, lo que no quiere es ni pagar , ni ir a la cárcel y no tiene domicilio fijo , ya que va cambiando porque esta metida en temas no legales y cuando le interesa huye a rumania para que no la localicen .
Me imagino habrá un plazo legal para le den abogado de oficio y notificación porque sino esto es un cachondeo y me puedo tirar incluso un año para cobrar un juicio de faltas.
Gracias

2 respuestas

Respuesta
1

¿Se le debe conceder abogado de oficio en un recurso? No

Aunque haya solicitado abogado, se la habrá denegado, y el asunto está tardando tanto porque está pendiente de la resolución del recurso de apelación.

Puede confirmarlo llamando por teléfono al juzgado o personándose directamente y hacer la consulta.

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estuve en el juzgado y la contestacion

estuve en el juzgado y la contestación que me dieron es que tengo que esperar 2 meses que es lo que tarda el colegio de abogados en designar abogado de oficio . Y después el recurso y el pronunciamiento del juez .

lo que no entiendo es como el colegio de abogados ha admitido cogerle la instancia para pedir abogado de oficio

Dirija un escrito al juzgado, con el siguiente contenido:

"Habiendo sido informada verbalmente por este juzgado de que la condenada ha solicitado abogado de oficio para interponer recurso de apelación en este juicio de faltas y no siendo preceptiva la asistencia de abogado, intereso que se le deniegue de inmediato a la condenada tal solicitud y se proceda de inmediato a la ejecución de la sentencia, habida cuenta de que han transcurrido 7 meses desde que se dictara sentencia condenatoria"

Los 7 meses que usted me dice que han transcurrido, he supuesto que son desde que se dictara sentencia y no desde el inicio del procedimiento. Si no es así, modifiquelo en el escrito para adecuarlo a la realidad.

Al presentar un escrito el juzgado debe contestarla a usted igualmente por escrito, con lo cual se resolverá automáticamente cualquier error posible al tener obligadamente que revisarse la causa.

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desde la sentencia han pasado dos meses, el escrito es muy bueno pero ¿puedo meter otro? es que metí uno la semana pasada no siendo tan bueno pero argumentando que siendo un juicio de faltas no es preceptiva la intervención de abogado de oficio . Puse eso y al final que se me abonen los 350 euros hurtados.

También pensaba presentar este martes una reclamación en el ICAR colegio de abogados de La Rioja en los mismos términos que usted me relata. Por cierto necesitaría ponerme en contacto para otro asunto pero esto de forma mas profesional por una posible demanda que estoy pensando poner para otro asunto . ¿como contactaría con su bufete de abogados ?

Si, puede presentar este escrito aunque anteriormente ya hubiera presentado otro.

Puede ponerse en contacto con mi despacho a través del teléfono 935190003 o 666820618, del email [email protected] o si es de Barcelona conceretando día y hora para una visita en alguno de mis despachos de Castelldefels o Barcelona.

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Respuesta

Desgraciadamente no hay un plazo para darle abogado de oficio. El problema es que si Ud no va expresamente al Juzgado a preguntar si ya lo tiene tampoco se va a enterar. Aún no siendo preceptiva la asistencia letrada si el cliente lo solicita se le debe conceder. Como abogado yo me he encontrado varias veces con su asunto. Lo único que queda es resignarse e intentar ir al Juzgado cada cierto tiempo y mirar si se lo han concedido, denegado o al menos si han desistido por no encontrarla en domicilio.

En caso de lo anterior, ud podrá solicitar la ejecución de la sentencia.

Espero que le haya ayudado. Si tiene cualquier duda puede
contactar
conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. y le doy
presupuesto. Actúo en Barcelona, y en todo el territorio español.



Ruego finalice la pregunta, y se ponga en contacto conmigo. Recuerde que esto
no es un asesoramiento ya que carezco de documentación, argumentos y
hechos para realizar un asesoramiento dentro del marco legal



Reciba un cordial saludo.


Marc.
Abogado

y como puede ser que otros abogados me comenten que en un recurso donde no es precepctivo abogado no deberían concederle abogado de oficio. ¿no existe una normativa para estos asuntos ? ¿no debería estar regulado ?

Cada colegio de abogados tiene su normativa especifica. Le recomiendo consulte a un abogado de su zona geográfica para asesorarle mejor.

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