Embargo de coche... Recuperar

Tengo una pequeña duda sobre el registro de bienes muebles de un vehículo,
quiero cambiar de nombre el coche de mi padre(empresa) pero para cerciorarme pedí un registro de bien de ese vehículo. En su registro aparecen 5 asientos:
1-Deuda a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social (2003)--folio 1
2-Cancelamiento de deuda de folio 1. (2003) --folio 2
3-Deuda a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social (2005) --folio 3
4-Deuda a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social en reclamación de una cantidad total de 846,68 Euros . En el Juzgado de Primera Instancia número 54 de Barcelona, se sigue procedimiento de Ejecución de Títulos Judiciales 654/2006 Sección D2, Procedimiento Ordinario 656/2005, a instancias de Eyde Ibérica, S.A, en reclamación de una cantidad de once mil quinientos euros de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más seis mil euros de intereses y costas de la ejecución (2010).--Folio 4
(2010)
5-CANCELADA por caducidad, la anotación preventiva de embargo practicada al folio 3 de este número de bien (2011).--Folio 5
Mi pregunta es, ¿hay alguna posibilidad de cambio de nombre de este vehículo de empresa(embargada) sin que a mí me repercuta ese cambio ( siendo yo el hijo)? Y en ese caso... ¿Si decidiera cambiar el titular debería quitarme la deuda, pero esta deuda ascendería a 846,68€ o los once mil quinientos euros de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más seis mil euros de intereses y costas de la ejecución que se mencionan?.)

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Por lo que parece, sigue en vigor la anotación de la deuda de la seguridad social, que ha sido reclamada judicialmente... por lo tanto, debería liquidar esta deuda, para el levantamiento del embargo, pero no podrá hacerlo mientras no este liquidada la totalidad de la deuda, pues aunque el embargo sea solo por 846,68 €, entendemos no se ha pagado nada de esa deuda y por lo tanto, la seguridad social no levantara el embargo mientras no se liquide la totalidad, incluidos intereses y costas.
Tendrá que mirar bien el valor del vehículo, para ver si le interesa ponerlo a su nombre. En todo caso, sera la propia sociedad, quien ha de vender ese vehículo y realizar la correspondiente factura...
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