Subasta inmobiliaria
En el año 2.004 mi mujer (entonces novia) y yo compramos una casa al 50% cada uno. ¿Pedimos una hipoteca a la CAM de 174.000? Para hacer la compra. Los 2 éramos autónomos.
Por la situación actual que estamos viviendo, no pudimos hacer frente a la hipoteca y a los pagos a la Seguridad Social con lo que por ambas partes tenemos deudas.
¿Mi mujer tiene una deuda con la Seguridad Social de 8.000? Que se encuentra aplazada y al corriente de pago.
¿Yo tengo una deuda de 10.000? Con la Seguridad Social que está en ejecutiva y subastan 1/2 indivisa (supongo que eso se refiere a mi parte) de nuestra casa el 11 de Enero de 2.011.
Y por último, la CAM, después de haber intentado durante 1 año y medio una refinanciación con nuevas fincas y avalistas no pudiendo hacerse, ¿nos piden 30.000? En efectivo para pagar los retrasos y reactivar la hipoteca para paralizar el proceso judicial que ellos llevan.
¿El precio de salida de la subasta es de 133.000?.
Hemos consultado tanto en la CAM, la Seguridad Social, varios abogados, la agrupación Afectados por la Hipoteca y nos dicen respuestas dispares o no saben decirnos exactamente las consecuencias que tendrán todos estos procedimientos por eso recurro a usted ya que he leído varias respuestas y pienso que podría ayudarme.
El banco dice que él cobrará 1º, incluso antes que la Seg. Social, la Seg. Social nos dice lo contrario y así uno dice lo que al parecer, le interesa.
Nuestras inquietudes son las siguientes:
Si el 11 de Enero dejamos que la Seg. Social subaste la casa:
1.- ¿Quién es el que cobra 1º y que deuda es la que nos quedaremos nosotros?.
2.- ¿Sólo subastan mi parte de la casa o perderemos toda la propiedad del inmueble?
3.- En el caso de que alguien se adjudicara la subasta, ¿tendrá que cancelar todas las anotaciones del Registro de la propiedad, es decir, la CAM y Seg. Social, para que sea de su propiedad?
Si aplazamos mi deuda de la Seg. Social y logramos vender la casa:
1.- ¿Por cuánto hay que vender la casa?. Tengo entendido que para poder hacer la venta del inmueble hay que hacerlo libre de cargas. Por lo que, aunque se aplace mi deuda de la Seg. Social, las anotaciones en el Registro de la propiedad siguen hasta que la deuda este totalmente saldada. ¿Por lo que si mi mujer debe 8.000? , yo 10.000?, ¿A la CAM se le deben 170.000? ¿Y los atrasos de la CAM son de 30.000?, ¿El precio de venta tendrá que ser como mínimo de 218.000?.
Si aplazamos mi deuda de la Seg. Social y NO logramos vender la casa y el banco es el que subasta:
1.- ¿Qué pasa con las anotaciones del Registro de la Seg. Social por la deuda que tenemos con ella mi mujer y yo? ¿Pasan a nuestro DNI o tendrá que cancelarlas el banco?
2.- ¿El banco sacará a subasta la casa por un importe de 133.000?, ¿Pero le debo 200.000?. ¿Los otros 67.000? ¿Se los deberemos a nivel de DNI? ¿Prescriben este tipo de deudas?
Por la situación actual que estamos viviendo, no pudimos hacer frente a la hipoteca y a los pagos a la Seguridad Social con lo que por ambas partes tenemos deudas.
¿Mi mujer tiene una deuda con la Seguridad Social de 8.000? Que se encuentra aplazada y al corriente de pago.
¿Yo tengo una deuda de 10.000? Con la Seguridad Social que está en ejecutiva y subastan 1/2 indivisa (supongo que eso se refiere a mi parte) de nuestra casa el 11 de Enero de 2.011.
Y por último, la CAM, después de haber intentado durante 1 año y medio una refinanciación con nuevas fincas y avalistas no pudiendo hacerse, ¿nos piden 30.000? En efectivo para pagar los retrasos y reactivar la hipoteca para paralizar el proceso judicial que ellos llevan.
¿El precio de salida de la subasta es de 133.000?.
Hemos consultado tanto en la CAM, la Seguridad Social, varios abogados, la agrupación Afectados por la Hipoteca y nos dicen respuestas dispares o no saben decirnos exactamente las consecuencias que tendrán todos estos procedimientos por eso recurro a usted ya que he leído varias respuestas y pienso que podría ayudarme.
El banco dice que él cobrará 1º, incluso antes que la Seg. Social, la Seg. Social nos dice lo contrario y así uno dice lo que al parecer, le interesa.
Nuestras inquietudes son las siguientes:
Si el 11 de Enero dejamos que la Seg. Social subaste la casa:
1.- ¿Quién es el que cobra 1º y que deuda es la que nos quedaremos nosotros?.
2.- ¿Sólo subastan mi parte de la casa o perderemos toda la propiedad del inmueble?
3.- En el caso de que alguien se adjudicara la subasta, ¿tendrá que cancelar todas las anotaciones del Registro de la propiedad, es decir, la CAM y Seg. Social, para que sea de su propiedad?
Si aplazamos mi deuda de la Seg. Social y logramos vender la casa:
1.- ¿Por cuánto hay que vender la casa?. Tengo entendido que para poder hacer la venta del inmueble hay que hacerlo libre de cargas. Por lo que, aunque se aplace mi deuda de la Seg. Social, las anotaciones en el Registro de la propiedad siguen hasta que la deuda este totalmente saldada. ¿Por lo que si mi mujer debe 8.000? , yo 10.000?, ¿A la CAM se le deben 170.000? ¿Y los atrasos de la CAM son de 30.000?, ¿El precio de venta tendrá que ser como mínimo de 218.000?.
Si aplazamos mi deuda de la Seg. Social y NO logramos vender la casa y el banco es el que subasta:
1.- ¿Qué pasa con las anotaciones del Registro de la Seg. Social por la deuda que tenemos con ella mi mujer y yo? ¿Pasan a nuestro DNI o tendrá que cancelarlas el banco?
2.- ¿El banco sacará a subasta la casa por un importe de 133.000?, ¿Pero le debo 200.000?. ¿Los otros 67.000? ¿Se los deberemos a nivel de DNI? ¿Prescriben este tipo de deudas?
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Respuesta de Luis Ramon Diaz chiron suarez
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