Pleno dominio o nuda propiedad de una VPPO-OCJ
Mi mujer y yo compramos una vivienda OCJ que tenemos que destinar obligatoriamente al alquiler con opción a compra, visando los contratos en el IVIMA y no pudiendo ser nosotros usufructuarios de ella. Ha estado alquilada desde la compra por 2 inquilinos distintos y visado los contratos en ambos casos. Hemos pedido una nota simple y aparece que tenemos el pleno dominio.
Tenemos varias dudas:
Si no podemos vivir en ella, ¿es correcto que tengamos el pleno dominio?
Si fuéramos nudos propietarios, es obligatorio que haya un usufructuario, ¿ya qué los inquilinos pueden cambiar cada año...?
Si fuese un error de inscripción, ¿el subsanarlo sería una nueva inscripción y escritura?
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Respuesta de Pedro Hernandez Olmo
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