¿Tengo qué devolver la beca si no apruebo el 50% de los créditos?

Estoy matriculado en 1º de Ingeniería de Telecomunicaciones y me han concedido beca, pero me han enviado un correo diciéndome que si no apruebo el 50% de los créditos tengo que devolver la beca. ¿Eso es legal?. Si no apruebo no podre solicitar la beca del próximo año y con eso ya contaba, pero si ademas tengo que devolver la de este año, suspender un año me quita la beca de 2 años. ¿Qué pasaría si no la puedo devolver?

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Si en las condiciones o en la reglamentación esta previsto el aprovechamiento para la concesión o más bien disfrute de la beca, es una medida legal.

En principio cualquier deuda con la administración puede ser aplazada o fraccionada, por lo que podrías solicitar cualquiera de esas dos medidas, en caso contrario la administración tendrá un crédito frente a ti y hasta que no lo recupere irá generando intereses.



Muchas gracias Carmen.

Me parece una injusticia que por suspender un año me quiten la beca de 2 años, pero si es así, no me queda mas remedio que aceptarlo.

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