Ley del suelo galicia
La escritura de final de obra, y según la Ley de Vivienda de Galicia, de fecha 17-03-2009, con entrada en vigor 20-04-2009, parece ser según nos indico una notaria recientemente, que para su realización es necesario la obtención de la licencia de primera ocupación, para las construcciones cuya licencia de construcción se haya solicitado con posterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley
Esto es parte de lo que me contó el banco donde tengo la hipoteca de la casa que me estoy haciendo. Yo no sabia nada de esto cuando firme la hipoteca y el problema es que para obtener la licencia necesito urbanizar el terreno cedido al ayuntamiento y para urbanizar necesito la disposición final de la hipoteca pero no me la dan sino tengo antes la licencia de 1ª ocupación, la pescadilla que se muerde la cola, ¿hay algo en esa ley que me permita salir de este circulo?