Sanción administrativa sin importe es recurrible
Hola buenas tardes por favor quisiera saber si en un procedimiento por infracción administrativa en el que después de haber efectuado las alegaciones pertinentes y se haya dictado sanción, el hecho de que donde debía haberse escrito ( escrito literalmente " RESUELVO: Imponerle una sanción de euros, a Dº..." ) no se haya consignado cantidad alguna, puede ser de por si un defecto recurrible para solicitar la anulación o el archivo de la sanción.
Espero haberme expresado con claridad, gracias.
Espero haberme expresado con claridad, gracias.
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Respuesta de dixen_eu
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