Actividades molestas bar
Quería hacerle una consulta sobre un problema "inmobiliario".
Resido en un pueblo cercano a Valencia y los bajos del edificio donde vivo está ocupado por un bar. Este bar ha instalado un futbolín en el local, el cual produce ruidos de impacto que se transmiten por la estructura del edificio. Yo vivo en la 5ª planta y aún así me llegan los ruidos, aunque posiblemente en menor medida que a plantas más bajas.
El dueño del bajo sigue siendo la constructora, y el bar está en situación de alquiler. Al tratarse de ruidos de impacto, en mi opinión, el problema está en que el suelo no se encuentra correctamente aislado por lo que entiendo que la responsabilidad está del lado de la constructora. Entiendo que si se tratara de ruido aéreo (por música, conversaciones, etc.) la responsabilidad sería del inquilino, en este caso el bar.
Por supuesto, se ha solicitado que el bar dejara de hacer uso del futbolín (vía el administrador de la finca o la policía) pero sin éxito.
¿Cuál sería la forma de proceder para solicitar a la constructora que subsanara el problema? ¿Debemos los vecinos aportar una medición acústica para demostrar que se incumplen los límites de ruido? ¿O por el contrario la constructora debería disponer, de oficio, de una medición que demuestre la adecuación del local a dicha actividad?
En el caso de que los vecinos queramos hacer una medición, ¿el bar y la constructora estarían obligados a permitirnos realizar las mediciones?