Que es una carga en una finca con derecho a extracción de arena o tierra ?

Compre una casa hace dos años, resulta que ahora que voy a venderla me dice la inmobiiaria que puedo tener problemas para su venta por que figura en las escrituras una carga por que una pequeña parte de la finca ( mi finca ) es propiedad desde el año 1935 de otra persona, y sus herederos tienen derecho a la extracción de tierra o arena dentro de la finca de mi casa: Lo mas curioso es que la compra se hizo directamente con el constructor/promotor y ni el notario ni la entidad bancaria que nos hipoteco la vivienda nos hizo mención de tal carga.
¿Me podrían explicar que tipo de carga es y en que me afecta a la hora de la venta?
La vivienda solo tiene un pequeño jardín en el frontal de la casa, el resto es piscina y zona de merendero con alicatado y suelo .

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Hay algo que no coincide entre lo que usted relata y lo que dice que existe, o al menos yo no lo entiendo.

Por un lado, ni en las escrituras que usted firma ante notario, ni la entidad financiera ni el Registrador de la Propiedad, detectan nada.

Por otro, la inmobiliaria que debe tener otras fuentes de información, manifiesta que en las escrituras aparece una carga.

¿Hay dos escrituras de una misma propiedad?

HOla de nuevo, la carga para extracción de la tierra si figura en las escrituras de la vivienda lo que no nos fue mencionada ni por el promotor, notario ni a la hora de la hipoteca: Nosotros ignorábamos la existencia de la carga y solo nos aseguramos de leer nuestros datos y los de la finca , pero pensando que carecía de cargas no la leímos detenidamente, en que nos puede afectar a la hora de la venta de la vivienda ? La titular de la carga con derecho a la extracción probablemente este fallecida por que la inscripción es del año 1935 , pero si pueden realizarla los herederos de ella : por favor si me ayuddaras a saber que debería hacer::::::::: y en que me puede afectar ::::

Muchísimas Gracias

Estas cosas suelen ocurrir cuando se actúa sin el asesoramiento legal para adquirir una propiedad y ahorrar costes. Ustedes no pueden legar el desconocimiento de algo que han firmado consciente y voluntariamente, porque estarían yendo contra sus propios actos, lo que es contrario al art. 7.2 del Código Civil.

El gravamen de la extracción de la arena no es sobre una persona, sino que la misma pende sobre la finca en cuestión y se transmite con ella. Habría que estudiar toda la documentación que obre en su poder y ver la forma de solucionarlo, privadamente.

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