Vender una tierra que está arrendada.
Al fallecimiento de mi padre (hace 8 años), mi hermano y yo recibimos por herencia 4 tierras, dos para él y dos para mi. Ante notario nos hicimos herederos y posteriormente hicimos para cada uno las escrituras de dichas tierras (hace 3 años). He querido vender una de ellas y me encuentro lo siguiente: La tierra está arrendada para 20 años, según mi hermano, mi padre antes de morir se la arrendó a él. Recibe una subvención de aproximadamente 400 euros al año. 1º- Durante los primeros 5 años desde que murió mi padre hasta que hicimos la escritura, ¿la subvención que ha recibido es exclusivamente para él? 2º. ¿Desde qué ya tengo la escritura (hace 3 años) que ya es de mi propiedad soy yo quien debe recibir dicha subvención?. El manifiesta que está arrendada y que no tiene cargas, yo que no entiendo mucho le he manifestado que si ya que busco en el diccionario libre de cargas y pone: Dicese del inmueble que no presenta ningún impedimento a su dominio y yo si que tengo ese impedimento. ¿Qué debo de hacer si quiero venderla, si el que me la quiere comprar no quiere ese arrendamiento para 20 años? Es un plan de reforestación. Puedo sacar la plantación que tiene (pinos ), ¿pagar la sanción que me pongan y poder venderla? ¿Quién pagaría dicha sanción? ¿Cómo puedo enterarme de que realmente existe ese permiso de mi padre?