Embargo de pensión

Por circunstancias personales y haberme quedado sin trabajo a mi pareja que cobra una pensión de 1038 euros le han quedado una serie de deudas de las que está haciendo frente algunas pero hay otras a las que no podemos como fincosum, cetelem y carrefour. Yo quisiera saber si llegamos a que nos reclamen la deuda judicialmente , si nos van a embargar solo una deuda o todas. Es que me han dicho y no se esi es cierto que solo le pueden quitar 118 euros , si reclama uno son para el los 118 , pero esi reclaman los tres a la vez tienen que repartirse esa parte. Si es posible me pude aclarar esto. Gracias

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El limite embargable se aplica para todas las reclamaciones que pueda haber, esto es da igual que tenga una o varias deudas, al final no podrán embargarle por encima de lo marcado en la ley, debiendo comunicar en los distintos procesos judiciales que pueda haber el hecho del embargo para que se aplique los límites de la ley a todos

Perdone mi ignorancia pero no lo entiendo bien Entonces es correcto lo que le he dicho yo anteriormente. deberán de repartirse esos 118 o esperar que termine uno y empezar otro no?

Ese límite juega para todos, pero mientras que no se pague por completo las deudas pueden embargarle dicho límite hasta su completo pago

Siento mucho no entenderle, entonces es como yo le digo ? no pueden tocarme mas de 118? ya sea uno , y cuando termine el otro, o también que se reparta esa cantidad? es así. Es que lo que me preocupa es que me quiten mas de eso de los 118. Siento las molestias ocasionadas

El límite viene fijado por el art 607 de la ley de enjuiciamiento civil: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t4.html#a607

Más de esa cantidad no pueden embargarle con independencia de los acreedores que tenga, esa cantidad que marca el límite pueden embargársela hasta pagar el total de las deudas que tenga

Si pueden embargar cualquier bien que tenga a su nombre

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