No se puede predecir básicamente porque no está expresamente estipulado. Para empezar el decreto de adjudicación debe alcanzar firmeza, es decir, que debe constar haberse notificado a todas las partes. Eso significa que quizás haya que depender del resultado de comunicaciones con otros Juzgados (exhortos) para conseguir esa firmeza. Una vez alcanzado ese estado es la parte ejecutante quien debe solicitar al Juzgado que se fije el lanzamiento, ya que el propio Juzgado no puede disponerlo de oficio. Unas veces las adjudicatarias (quien se queda la vivienda) tienen "prisa" por tener la posesión y otras no tanto, así que, como le dije, es impredecible.