Irregularidad en cálculo de consumos

De sobra es conocido por todos el relevante aumento de todas las tarifas que, por los servicios de gas, luz y agua, se repercuten a los consumidores; no obstante, quizá pasan más desapercibidas las fórmulas cambiantes que se utilizan para el cómputo de conversión de las unidades de medida de dichos servicios.

Me explico: En el caso concreto del gas natural, la compañía del mismo nombre, en sus facturas del mes de Noviembre considera que la conversión de m3 a Kwh se calcula en función de multiplicar los m3 por la cantidad de 11,268; sin embargo, en las facturas de Enero, dicha regla de conversión fluctúa hasta los 11,34.

Es decir, en Noviembre, un m3 equivalía a 11,268 Kwh; pero, en Enero, el mismo m3 equivale a 11,34 Kwh. Toda explicación dada por la compañía pasa por el efecto de la mecánica cuántica y el movimiento de las placas tectónicas.

Y Aquí es donde surge el país de las hadas, o más bien de los bandoleros, puesto que no sólo sube el coste del consumo real, sino que, increíblemente, la unidad de medida para efectuar la conversión de valores también resulta una variable de libre albedrío.

Así pues, como consecuencia de este hecho, sólo pueden surgir dos únicas cuestiones: O las unidades de medida de la cultura humana son un fiasco y, por tanto, una milla ya no equivale a 1,6 km, ni un m3 equivale a 1000 litros, ni un minuto se compone de 60 segundos y, ni siquiera, el número Pi equivale a 3,1416; o, por el contrario, lo que se pone unívocamente de manifiesto es que, en este país, lo que no tiene medida es el expolio al que se somete a las personas honradas por parte de las élites económicas dominantes.

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Espero que no le parezca una falta de consideración, pero no puedo sino recomendarle que haga su pregunta en la sección de Matemáticas, de Ciencias Políticas, o de lo Paranormal, ya que poco tiene que ver con el Derecho, sección dedicada a la resolución de dudas legales, para la que invierto un tiempo que, como es de sobra conocido, resulta ser un bien muy preciado y poco valorado.

Siento que el asunto no le haya parecido procedente para un letrado; pero, aunque valoro su dedicación generosa hacia los demás, que yo sepa la facturación de una compañía suministradora de gas se circunscribe en las competencias de la Legislación de Comercio y afecta a la Ley del Consumidor, por lo que, finalmente, toda irregularidad en ese sentido acaba dirimiéndose en un Juzgado. Por tanto, me parece desconsiderado hacer referencia a los expertos en Matemáticas, Ciencias políticas o Pseudociencia paranormal, pues ni hasta el más ignorante puede verles relación alguna con el tema planteado, que, en todo caso, se ha expuesto con rigor y seriedad.

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