Heredar deudas del cónyuge

Me gustaría me asesorarais en una gran duda que tengo... He decidido casarme supongo que no tardare mucho.. Pero hoy hablando con mi pareja me ha planteado el siguiente problema. Resulta que ella anteriormente contrajo unas deudas por un negocio que tuvo junto a su expareja(no marido) con bancos .hacienda, seguridad social. Etc. Actualmente aun tiene deudas., pero mi pregunta es la siguiente,¿puedo yo heredar las deudas de mi pareja una vez casados o con una separación de bienes esa deuda no me influye a mi?-Esta claro que ella esta preocupada, pues no quiere que yo cargue con esas deudas. Por cierto, nosotros vivimos en baleares y ya directamente te casas con separación de bienes .muchas gracias y espero pronta respuesta. Un abrazo

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La única forma posible de "heredar deudas" como usted señala, es a través de un testamento en que usted fuera nombrado como heredero si reúne las condiciones que exige la Ley o beneficiario con cargo al tercio de libre disposición. Dicho documento lo tendría que otorgar su pareja ante notario y ha de fallecer para que usted pueda heredar.
Quizás se refiera a que si al contraer matrimonio las deudas de su consorte le afectarían a su patrimonio personal, duda que queda despejada, como bien ha señalado con la separación de bienes que de facto se otorga a los esposos en Baleares al contraer matrimonio si estos tienen la vecindad civil.
Rueco cierre la pregunta y valore

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