Recurrir multa línea amarilla continua sin señal vertical
Mi multa ha sido por aparcar en línea amarilla continua sin que exista señal vertical, cuando he leído el art. 171, real Decreto 1428/2003, REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN. Interpreto que sería necesaria dicha señal, que restrinja de forma temporal o continua el aparcamiento o parada. ¿Sería recurrible dando este argumento?
"Marca amarilla longitudinal continua. Una línea continua de color amarillo, en el bordillo o junto al borde de la calzada, significa que la parada y el estacionamiento están prohibidos o sometidos a alguna restricción temporal, indicada por señales, en toda la longitud de la línea y en el lado en que esté dispuesta."
2 respuestas
Respuesta de Abogados Edo
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Respuesta de danibeam .
Hola. A ver si me podéis ayudar que no estoy encontrando la información.Estacioné en una calle doble via con 3 carriles en cada sentido, siendo el de la derecha algo más ancho. Unos 50m atrás había un cartel de prohibido parar y estacionar con una línea amarilla continua. Pero la línea acababa unos 30m atrás y no había segundo panel indicando el fin de la zona. Hay fechas en que en ese lugar donde estacioné ponen carteles de prohibición de estacionar con fechas precisas por eventos. Pero en ese momento no era el caso. Me pusieron una multa de 200€ por el artículo 91.22 2 "estacionar en el medio de la calzada". Tengo fotos demostrando que estaba pegada a la acera derecha.Tienen razón?Gracias - maria flores