Estacionar en carril de circulación

Hace 5 días me denunciaron la moto por tenerla estacionada justo en el punto que indico en el mapa, a 20 cm de la linea donde termina la zona de aparcamiento con hora. Es un lugar donde he aparcado muchas veces ya que no quito ningún sitio de aparcamiento a los coches y no invade la zona por la que circulan los coches porque el coche anterior impide que se circule por ahí.
No existe linea amarilla ni señal vertical que indique que no se puede estacionar en ese lugar.
Según el "Reglamento General de carreteras (R.D. 1812/1994)", "CARRIL" es: Franja longitudinal en que puede estar dividida la calzada, delimitada o no por marcas viales longitudinales, y con anchura suficiente para la circulación de una fila de automóviles que no sean motocicletas.
La sanción concreta es: Estacionar en carril de circulación. RD 1428/03 art.94.1
Leve: ¿90?   /hasta el 09-11 42?
Día de la sanción:30-10
La denuncia está realizada por un Agente de Movilidad
Según lo que yo entiendo no existe indicación vial alguna que indique que no puedo estacionar en el lugar y no invado el "carril", ya que los coches pueden seguir circulando con total normalidad y no sobrepaso el culo del coche anterior.
Quiero recurrir la denuncia y no se muy bien que es lo que tengo que alegar ni cuando tengo que hacerlo. Si tengo que esperar a que me la manden o lo puedo hacer ya, y en caso de alegación si se pierde la bonificación de pronto pago.
Gracias de antemano, aunque sea por leerlo. Siento si he sido demasiado extenso.
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De momento debes esperar a que te notifique en el domicilio y a partir de esta notificación tienes 15 días hábiles para presentar alegaciones.
En caso de alegación se pierde la posibilidad de bonificación del 30%.
Según se observa en el mapa, la vía es de único sentido de circulación, con marcas viales delimitando las zonas de estacionamiento, por lo que la zona de la calzada que está fuera de estas se considera carril de circulación, independientemente de la anchura de este(la ley marca unos mínimos no unos máximos). Es más se observa una barrera arquitectónica(acera ampliada en la confluencia de vías) para evitar estacionamientos en la zona. Es mi opinión, que en este caso tus alegaciones no tendrían peso a la hora de resolver a tu favor, más aún cuando la zona de estacionamiento está delimitada y regulada según O.M. del Ayuntamiento.
Espero haberte aclarado un poco el tema, si no no dudes en volver a consultarme, un saludo y no olvides cerrar la pregunta para poder formular otras,
Txema

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