La retención del IRPF se corrige cuando se dan las siguientes circunstancias
Son circunstancias personales que van a influir en el cálculo de la retención:a) La edad: Los mayores de 65 años, si siguen trabajando, pagan menos.b) La situación familiar: Las familias monoparentales o las personas con cónyuge a cargo (sin ingresos), pagan menos. Tres casos:1–Familias monoparentales, 2–Personas con cónyuge a cargo, 3–Resto de casos.c) Tener una discapacidad: Aquellos trabajadores con más de un 32% de discapacidad, ven reducido el porcentaje de retención.d) La movilidad geográfica: Quienes estando inscritos en la oficina de empleo como desempleados acepten un puesto de trabajo en municipio distinto que suponga su cambio de residencia.e) Prolongación de la actividad laboral: Los Trabajadores activos mayores de 65 años que continúen o prolonguen la actividad laboral.f) Si estamos comprando nuestra vivienda habitual o pagando un préstamo bancario con derecho a deducción por adquisición de vivienda.
Son circunstancias familiares que van a influir en el cálculo de la retención:a) El número de descendientes, la edad de estos a 31 de diciembre y que el otro progenitor lo compute en su declaración. Si los descendientes tienen alguna minusvalía, también modera la carga impositiva. Los descendientes minoran nuestra retención hasta que cumplan los 25 años, mientras convivan con nosotros, a nuestro cargo y que no presenten declaración de renta.b) Los ascendientes mayores de 65 años convivientes a nuestro cargo y que no presenten declaración de renta. Si los ascendientes tienen alguna minusvalía, también modera la carga impositiva. Cuando otros parientes, también deducen por ellos, debe contemplarse.c) Si por acuerdo judicial se abona pensión compensatoria.d) Si por acuerdo judicial se abonan pensiones de alimentos .