Por cierto....ahora releyéndome el manual de la renta que no usaba hace años porque no había variado mi situación personal he visto que la condición económica que debe cumplir el ascendiente es la siguiente:
c) Que el ascendiente no haya obtenido en el ejercicio 2012 rentas superiores a 8.000
euros anuales, excluidas las exentas del impuesto.
Dice claramente excluidas las exentas del impuesto y si atendemos al punto f de rentas exentas la pensión de mi padre por invalidez absoluta está exenta:
f) Las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social (17) o por las
entidades que la sustituyan, como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o
gran invalidez. La exención afecta tanto a las prestaciones percibidas de la Seguridad Social
en su modalidad contributiva como en su modalidad no contributiva.
En conclusión el modelo 145 debería permitir que yo reflejase esta situación.