Multa e indemnización solidaria en acuerdo por falta

A continuación expongo mi caso.

Junto con otra persona se me denunció por lesiones y robo. Se nos pedía prisión además de una multa e indemnización. Nuestro abogado (de oficio) nos dio como única opción el llegar a un acuerdo de falta por lesiones y una multa e indemnización solidaria de 2000€. No se preocupo por el caso, porque no llamó a nuestro testigos ni presento otras pruebas, alegando que el fiscal no lo aceptaría, etc. En definitiva, no nos defendió; y nosotros al no ser entendidos y con tal de que no quedará delito firmamos el acuerdo.

Ni yo ni la otra persona tenemos ningún tipo de ingreso ni posesiones a nuestro nombre. Al no pagar la primera de las cuotas, nos requieren del juzgado para practicar diligencias, en la que nos amenazan con que o pagamos en el plazo de 15 días o que la siguiente notificación sería para ingresar en prisión durante unos 3 meses. Les comentamos que no nos negamos a pagar, pero que no tenemos forma de hacerlo ni nadie que nos lo prestara.

Matizo que no tenemos ningún antecedente previo.

¿Es verdad que podemos ingresar en prisión?
No podría cambiarse tanto la multa como la indemnización por trabajos sociales, ¿localización permanente o alguna medida de seguridad parecida?
¿Habría alguna posibilidad de reclamar contra el abogado por no defendernos debidamente?

Respuesta
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ES

Si no tienen posibilidad de pago, cabe que se abra pieza por la que se les declare insolventes, y si no tienen antecedentes, lo habitual es que no vayan a la cárcel. En cuanto a los trabajos sociales, depende de como se estén gestionando en el Juzgado de que se trate. Realmente, deberían contactar con su abogado, y que él solicitara dichas averiguaciones( aunque sino el Juzgado las hará de oficio), y el cambio por trabajos sociales.

En cuanto a la posible queja contra su abogado, sobre ello les informaran debidamente en el Colegio de Abogados a que el mismo pertenezca, sin conocer el caso, no les podemos dar ninguna opinión al respecto.

Muchas gracias por su respuesta.

Me gustaría que me aclarase ciertos puntos.

Tanto el abogado como el funcionario no nos dieron más posibilidad que la del pago; preguntamos tanto si se nos podía declarar insolventes, como el cambio por trabajos sociales; y se no dio un no rotundo; por tanto,

Habría alguna posibilidad, por mínima que fuese, de ingreso en prisión?

Si nuestro abogado no quiere pedir ese cambio a donde debemos dirigirnos?

Se puede a estas alturas del proceso cambiar de abogado?

Si reclamásemos, cree usted que serviría de algo?

Lo primero es que sin estudiar la documentación entenderá, lo que se le diga es aproximativo, nada mas. Luego aun dando solo posibilidad de pago, si este no se realiza, lo normal, es que se abra diligencia para averiguación de patrimonio de oficio, y después si esta resulta negativa, se declara la insolvencia, entiendo esto se realizara de oficio, pero consúltelo en el Juzgado, para mayor tranquilidad, o a su abogado que lo pregunte.

Como le dije sin antecendentes y sin reincidencia, lo normal es no ingresar en prisión. Si su abogado no quiere pedir dicho cambio, entiendo deberían hablar con la delegación del turno de oficio del Colegio de Abogados a que pertenece su abogado. Si puede cambiar de abogado en cualquier momento del procedimiento.

No le puedo indicar nada mas.

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