Asunto identificación conductor
Me han embargado la devolución de hacienda por una multa de tráfico del ayto. De Granada. Al preguntar en dicha administración me dicen que se ha hecho por una multa de tráfico (pasar con vehículo en horario restringido) a un vehículo que está a mi nombre y que no identifiqué al conductor cuando se me requirió para ello. La multa fue en abril de 2010. Las notificaciones las enviaron a un domicilio facilitado por la DGT en la cual no residía (y ni era de mi propiedad) desde mayo de 2004. Hago un paréntesis: desde octubre de 2010 resido en localidad definitiva y que es diferente a la que donde mandaron las notificaciones. En febrero de 2011 (día 12) mi mujer recibe una sanción de tráfico por aparcamiento. Como fui yo el causante, ella me identifica debidamente al órgano competente del ayto. De Granada. Mi pregunta es si, a efectos de notificación, el ayto. Debería haber hecho la notificación en mi nueva dirección, que ellos ya conocen al menos desde ese mes de febrero, o están en su derecho de notificar única y exclusivamente al domicilio que, por ignorancia, aún mantenía para notificaciones en la DGT Y la última, ¿es recurrible dicho embargo sin habérmelo comunicado?