Menores y visitas con pernocta

Mi hija no quiere ir con su padre a pernoctar solo se va cuando van a dar un paseo y luego viene conmigo su madre a dormir, el otro día cuando vino a buscarla se tuvo que llamar a la guardia civil porque no se quería ir con su padre y cuando acudieron dijeron que a la fuerza no se la iba a llevar y así fue el padre se marchó. Me gustaría saber si se puede pedir que las visitas sean sin pernocta y que debo hacer tengo miedo de que esto acabe en un punto de encuentro ya que si mi hija ya lo pasa mal si ocurriera esto sería aún peor. El padre nunca se ha hecho cargo de la niña y ahora que le obliga servicios sociales quiere llevársela quiera o no quiera la niña según el. Que puedo hacer.

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Si la niña atraviesa por esa fase, usted puede solicitar una modificación de medidas del convenio regulador del divorcio/separación, en cuya demanda el abogado solicitará que el Juez y el Ministerio Fiscal tomen declaración a la niña.

Con ello usted buscaría una modificación en el régimen de visitas, aunque le aviso que si se eliminaran las pernoctas se incrementarían los días de visita o, muy probablemente, se adopten medidas en puntos de encuentro como usted señala, con estricto seguimiento por los servicios sociales, para el cumplimiento del derecho del menor a estar con su padre y acostumbrarse, buscando que la relación mejore y vuelva la régimen normal de visitas y convivencia.

Un saludo cordial.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

La niña tiene 10 años,y la ha visto una psicóloga de los servicios sociales pero yo no tengo ningún informe,y mi hija dice a la psicóloga que si va a dormir con su padre pero a mi me dice que es para que no la hable mas de el,ya que estamos separados desde hace un año y en los 10 años que tiene la niña nunca se ha preocupado de nada pero como hay una sentencia y los servicios sociales están en medio,me dicen que tengo que enseñara mi ex marido a ser padre con 49 años que tiene el.Y me gustaría saber si se pide modificación de medidas en lo de las visitas quien pone los días y el horario el juez o los padres ya que el convenio que hay ahora no lo ha cumplido por el horario de trabajo pero eso lo hizo el así y no se el porqué ya que ha hecho lo que ha querido.Y quisiera saber si yo he gastado dinero con las tarjetas antes de la sentencia judicial con su consentimiento me dice que se lo de aunque la cuenta bancaria eramos los dos titulares de dicha cuenta y se anuló la cuenta cuando la sentencia fue firme.Se puede pedir modificación de medidas en el tema de la vivienda familiar que es donde vivimos mi hija y yo su madre.Gracias.

Vamos a ver, son varias preguntas y algunas reflexiones.

En primer lugar, el régimen de visitas lo establece el juez en función de lo solicitado por las partes y lo conveniente al interés del menor. Y digo al "interés" del menor, no a lo que quiere o no quiere. Pues el Derecho lo que intenta es que ambos progenitores intervengan en la vida de su hijo en condiciones de cierta igualdad, potenciando el tiempo de visitas y de estancia y pernoctación respecto de aquél que no tiene su guarda y custodia.

Lo que el Derecho no permite es que un hijo no tenga relación con su padre/madre simplemente porque lo diga el hijo (que es menor y, como tal, no conoce realmente la importancia de estas decisiones y sus consecuencias para su vida futura) o porque lo diga un sólo progenitor (pues incidiría en las situaciones de alienación monoparental, en perjuicio del derecho a la paternidad/maternidad). Por eso precisamente los servicios sociales intervienen, tratando de reconducir las relaciones paternofiliales de forma que los hijos no paguen por la mala relación habida entre los padres.

Debe dejar a un lado el argumento de que "en 10 años no se ha preocupado de ella" porque al Derecho lo que le importa es que se preocupe ahora que ustedes han cesado en su convivencia, partiendo de la premisa del derecho del hijo a estar con el padre/madre y viceversa. Insisto, el argumento del trato pasado sólo es tenido en cuenta precisamente para lograr lo contrario: que el progenitor se implique en la educación y cuidado del hijo.

Si no está conforme con el reparto de días, hable con su abogado para que estudie la posibilidad de solicitar una modificación de medidas, que luego el juez admitirá o no.

En cuanto al dinero de una cuenta bancaria en la que ambos eran cotitulares, cualquiera de los dos podía hacer uso de sus fondos, por lo que no cabe la reclamación por el dinero del que dispuso usted, tranquila.

Y en cuanto a la vivienda familiar, debe consultar con su abogado para conocer en qué situación se hallan ustedes y qué es exactamente lo que quieren hacer con el derecho de uso de la misma.

Sé que no le gustará mucho esta respuesta, pero le ruego que tenga en cuenta el tiempo invertido en ella y la valore.

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